Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 2997/2024
Coronel Suárez, 09/12/2024
Visto
la situación de revista de los trabajadores con contrato estacional para desarrollar tareas de “guardavidas” desde el 1 de diciembre de 2024 al 31 de marzo de 2025.
Que por la estacionalidad, horarios y especialidad de sus tareas la remuneración no ha sido encuadrada en la categoría salarial vigente y
Considerando
Que el Instituto de Previsión Social (IPS) ha modificado el sistema por el cual se canalizan las declaraciones juradas municipales, implementando el sistema SAP requiriendo que las declaraciones juradas de aportes y retribuciones deben informar la “escala salarial” o “escalafón” del “personal temporal” que ha ingresado a prestar sus tareas en la Municipalidad de Coronel Suárez.
Que a los efectos de compatibilizar la contratación de los mencionados trabajadores con los requerimientos del ente previsional, es procedente dictado del acto administrativo que así lo formalice.
Por ello el Intendente Municipal del Partido en uso de sus atribuciones.
D E C R E T A
ART. 1°: Establécese que a los efectos previsionales y tributarios, a la - - - - -contratación de los trabajadores que desarrollen tareas de guardavidas en el distrito de Coronel Suárez desde el 1 de diciembre 2024 y hasta el 31 de marzo de 2025, debiendo aplicarse la categoría salarial y escalonaría que a continuación se describe:
NIVEL 32.30 HS. 40.00 HS.
Guardavidas $777.199,68 $1.010.400,00
ART. 2°: Se establece el siguiente agrupamiento ocupacional temporario, a - - - - -saber:
AGRUPAMIENTO 17 21 – Personal Temporario Guardavidas
ART. 3° Cúmplase, comuníquese y archívese.
DECRETO Nº 2997