Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 4106
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/12/2024
Visto la Solicitud de Pedido Nº 8545 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios de una persona para cuidado de niños y niñas que asisten al Centro de Capacitación y Promoción Comunitaria Villa Miramar; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la incorporación de un cuidador/a en el Centro de Capacitación y Promoción Comunitaria Villa Miramar, a fin de cuidar la integridad física, psíquica y social de las niñas y niños a su cargo, acompañarlos en actividades a realizarse dentro y fuera de la institución, fomentando el desarrollo social y educativo de las niñas y niños y proporcionado un ambiente seguro y estimulante para aprender y jugar,
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;
Que se procedió a la realización del correspondiente procedimiento de selección del personal requerido que obra a fs. 10 de la cual surge seleccionada la Sra. Seisdedos Abril, D.N.I. 43.597.440 quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; considerando que no hay personal de planta municipal disponible para desarrollar la tarea requerida.-
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Seisdedos Abril, D.N.I. 43.597.440 la prestación de servicios como cuidadora para desempeñar tareas en el Centro de Capacitación y Promoción Comunitaria Villa Miramar, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de marzo de 2025, y por la suma total de pesos un millón trescientos once mil setecientos veinte ($1.311.720.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado al la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y por su intermedio al Centro de Capacitación y Promoción Comunitaria Villa Miramar.-
CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
QUINTO Cúmplase, notifíquese, publíquese, dése al R.O, Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, Centro de Capacitación y Promoción Comunitaria Villa Miramar, ARCHÍVESE.