Boletines/Tandil
Decreto Nº 291/2025
Tandil, 29/01/2025
Visto
La NO-2024-00246532-MUNITAN-SSG#SG de fecha 04/10/2024, presentada por el Escribano GUSTAVO ALFREDO SILVA, en relación a la solicitud de transferencia de dominio del excedente fiscal identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección B, Quinta 33, Manzana 33b, Parcela 8b del Partido de Tandil, a favor del Sr. JOSÉ MAURICIO ARAUJO, D.N.I N° 41.146.670, y
Considerando
Que la parcela en cuestión, identificada en el Plano de Mensura N° 103-166-1951, constituye un excedente fiscal y cumple con lo dispuesto por el artículo 11°, Inc. 2 del Decreto Ley N° 9533/80, de acuerdo a lo informado en el Orden 5 por la Dirección de Ordenamiento Territorial y Catastro municipal.
Que se encuentra acreditada la condición del interesado como propietario lindero de la superficie considerada excedente fiscal, conforme Escritura de Donación otorgada ante la Escribana Elena Silvia Ugalde, correspondiente a la Parcela 8ª, cuyas constancias se encuentran adunadas en el Orden 2.
Que consta en las actuaciones administrativas el cumplimiento de los recaudos exigidos por el artículo 13° del Decreto Ley N° 9533/80.
Que el Sr. JOSÉ MAURICIO ARAUJO, D.N.I N° 41.146.670, se encuentra representado en las presentes actuaciones por el Sr. KEVIN DANIEL AMIGO, D.N.I N° 36.291.607, en virtud de la Sustitución de Poder Especial autorizada por ante el Escribano Gustavo Alfredo Silva mediante Escritura N° 118 de fecha 07/08/2024.
Que tratándose de un excedente fiscal ubicado en una zona urbana, su dominio será transferido a los propietarios linderos interesados a título gratuito, quedando los gastos y honorarios a cargo de estos últimos, conforme lo estipulado por la norma que reglamenta la materia.
Que resulta necesario el dictado del presente acto administrativo.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Transfiérase a título gratuito a favor del Sr. JOSÉ MAURICIO ARAUJO, D.N.I N° 41.146.670, el dominio del excedente fiscal identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección B, Quinta 33, Manzana 33b, Parcela 8b del Partido de Tandil, a tenor de lo establecido por los artículos 11° Inc. 2 y 13° del Decreto Ley N° 9533/80.
Artículo 2º: Los gastos y honorarios que demande el trámite de escrituración del bien inmueble referido en el artículo precedente correrán exclusivamente a cuenta del beneficiario.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º: Regístrese, notifíquese a los peticionante a traves de la Secretaria Legal y Tecnica.Tomen nota el Departamento de Catastro, la Dirección de Patrimonio y oportunamente archívese.-
Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Juan Pablo Frolik (Intendente Interino)
Secretaría de Gobierno - Intendencia