Boletines/Tandil
Decreto Nº 258/2025
Tandil, 27/01/2025
Visto
La solicitud de ampliación de designación como personal de Enfermería de la trabajadora Agustina Muñoz Torrecillas - Legajo 11.746, efectuada por el Jefe del Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado en virtud de la baja del trabajador Oscar Ezequiel Aranguren - Legajo 11.627.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente.
Que se encuentra designada desde el 03 de mayo de 2024, venciendo su última ampliación de designación el 29 de enero de 2025, conforme al Decreto Nro. 3644/24.
Que cumple con los requisitos de admisibilidad e ingreso que regula el CCT 09/19 como así también el preocupacional con resultado "Apto".
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíese la designación de la trabajadora Agustina Muñoz Torrecillas - Legajo 11.746, como Personal de Enfermería en la categoría 8 – 48 hs. semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizada, cumpliendo tareas en el Departamento de Enfermería del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 30 de enero de 2025 y por el término de tres (3) meses.
Artículo 2°: Se deja establecido que la trabajadora Agustina Muñoz Torrecillas, se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Jefatura del Departamento de Enfermería.
Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 - Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 - Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 – Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 - Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.2.0.0 - Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 - Personal Provisional, 1.2.2.0 - Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 - Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 - Liquidación Obra Social, 1.2.6.0 - Complementos, 1.2.6.7 - Presentismo, 1.3.1.0 - Retribuciones Extraordinarias, 1.3.1.9 - Garantía de Enfermería del presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 4°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Vicepresidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos, Enfermería y Contaduría, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Roberto Claudio Martínez Crovetto (Vicepresidente) - Juan Pablo Frolik (Intendente Interino)
Vicepresidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia