Boletines/Tandil

Decreto Nº251/2025

Decreto Nº 251/2025

Tandil, 23/01/2025

Visto

La Convención Colectiva de Trabajo N° 36/89 de la Asociación Obrera Minera Argentina (AOMA) que refiere al Acuerdo suscripto entre la AOMA y la Federación Argentina de la Piedra y la Cámara Argentina de Empresarios Mineros (CAEM), mediante el cual convienen modificar los salarios básicos de convenio a todos sus efectos con vigencia desde el 1° de Noviembre de 2024 y hasta el 31 de Enero del año 2025 inclusive.

Considerando

Que los salarios del personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126 se ajustarán conforme las pautas salariales establecidas a nivel nacional para la actividad minera, conforme lo establece el artículo 12 de la mencionada normativa;

Que AOMA y la CAEM han arribado a un acuerdo conviniendo modificar los salarios básicos de los trabajadores comprendidos en el CCT 36/89;

Que se han expedido la Contaduría General, la Dirección de Presupuesto y la Dirección de Recursos Humanos.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Articulo 1º: Increméntanse en un tres por ciento (3 %) los sueldos básicos vigentes al 31 de Octubre de 2024 del personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126, con vigencia a partir del 1° de Noviembre de 2024 y hasta el día 30 de dicho mes y año inclusive.

Articulo 2º: Increméntanse en un dos por ciento (2 %) los sueldos básicos vigentes al 30 de Noviembre de 2024 del personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126, con vigencia a partir del 1° de Diciembre de 2024 y hasta el día 31 de dicho mes y año inclusive.

Articulo 3º: Increméntanse en un dos por ciento (2 %) los sueldos básicos vigentes al 31 de Diciembre de 2024 del personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126, con vigencia a partir del 1° de Enero de 2025.

Artículo 4º: Apruébanse los montos a liquidar a cada uno de los trabajadores conforme el detalle adjunto en el Anexo I.-

Artículo 5º: El egreso respectivo impútese a la partida partidas 1.1.1.3 “Personal Profesional”, 1.1.1.4 “Personal Técnico”, 1.1.1.6 “Personal Administrativo”, 1.1.1.7 “Personal Obrero”, 1.1.1.8 “Personal de Servicio”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, todo ello dentro del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio 2024 y 2025.

Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

Artículo 7º: Regístrese, notifíquese, tomen conocimiento Dirección de Presupuesto, Contaduría General y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)    -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno                         -                  Intendencia

Anexos

ANEXO I

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