Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 7
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 10/01/2025
VISTO el artículo 1° de la ley 14.656 (Régimen Marco de Empleo Municipal) y el artículo 30° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca aprobado por Ordenanza N° 18601 y,
CONSIDERANDO;
Que siguen vigentes las necesidades de servicio que oportunamente fundamentaron la prolongación de la jornada horaria semanal de agentes de planta permanente de la dependencia solicitante, siendo necesario proceder a prorrogar la misma.
Que el presente acto administrativo culmina un proceso desarrollado íntegramente en forma digital, conforme a lo establecido en el Decreto N° 1209/2016 (Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos) y el Decreto N° 1354/2016 (Sub-Módulo Renovación de Ampliaciones Horarias) y su Anexo II, en el que intervinieron la dependencia solicitante, la Subdirección de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por lo expuesto precedentemente el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) Amplíese, a partir del 1º de enero y hasta el 30 de junio del 2025, a cuarenta (40) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo I que se aprueba y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º) Amplíese, a partir 1º de enero y hasta el 30 de junio del 2025, a cuarenta y ocho (48) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo II que se aprueba y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 3º) Déjase constancia que las ampliaciones horarias otorgadas en los artículos precedentes, responden estrictamente a razones de servicio de la SECRETARIA DE COORDINACION DE DELEGACIONES
ARTICULO 4º) Déjase constancia que vencido el período dispuesto para las ampliaciones horarias y en caso de que persistan las necesidades que motivan las mismas, se efectuará una nueva evaluación, previo informe del Jefe del área sobre el desempeño de los agentes.
ARTICULO 5º) Hágase saber a cada una de las dependencias involucradas que deberán informar debidamente al Departamento Administración del Personal la modalidad de cumplimento de la jornada prolongada de los agentes mencionados anteriormente.
ARTICULO 6º) El gasto dispuesto en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110128000, Actividad Programática 01.00.00, Gasto 1.1.1.3, 1.1.1.4, 1.1.1.5.
ARTICULO 7º) Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Capital Humano, dése al R.O., cumplido: ARCHÍVESE.
ANEXO I – JORNADA DE 40 HORAS
LEGAJO |
APELLIDO Y NOMBRE |
NRO. OFICINA |
14550 |
GAUNA LEANDRO JAVIER |
377 |
15368 |
TEBES BERMOND YAMILA ESTHER |
377 |
16834 |
GIACONE MARIA VALERIO |
377 |
14998 |
CENDRA JESICA BELEN |
249 |
15998 |
CAZENAVE ROMINA WANDA |
249 |
ANEXO II – JORNADA DE 48 HORAS
LEGAJO |
APELLIDO Y NOMBRE |
NRO. OFICINA |
12519 |
ITURBE JORGELINA |
377 |
12555 |
DI NUNZIO SANDRA PATRICIA |
377 |
15445 |
CATALAN MAGALI |
377 |
16527 |
BOTTA MARTIN HORACIO |
377 |