Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 10
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/01/2025
Visto la nota obrante a fs. 1, elevada por el agente Oscar Alberto MONJE , D.N.I. 12.725.859, C.U.IL. 20-12725859-8, Legajo N.º 12.763 dependiente de la Delegación Villa Harding Green (oficina 119), por la cual solicita, excepcional y extraordinariamente, se le permita permanecer en el cargo hasta el 31 de diciembre de 2025, aplazando su cese por haber alcanzado los límites impuestos por la ley para adquirir el acogerse al beneficio jubilatorio; y
CONSIDERANDO
La intervención de la Delegación Villa Harding Green y la Secretaría de Coordinación de Delegaciones, a fojas 2 y 3, que no encontrando objeciones elevan las actuaciones al Departamento de Administración de Personal.
Que la Subdirección de Capital Humano, a fojas 4 vuelta, indica la necesidad del correspondiente informe de la División Jubilaciones y Pensiones.
Que, a fojas 5, la División Jubilaciones y Pensiones emite informe de la fecha de ingreso al municipio del agente Monje, como así también los años de servicios prestados en el municipio, otros servicios prestados reconocidos, cargo de mayor jerarquía y posible porcentaje del haber jubilatorio. Que en dicho informe el recurrente es mayor a sesenta y seis (66) años y posee acreditados un total de servicios mayor a treinta y siete (37) años.
Que a fojas 11, la Asesoría Letrada emite opinión legal acerca de la factibilidad de permanencia en el cargo del agente Oscar Monje, entendiendo que “la Secretaría de Coordinación de Delegaciones se encuentra facultada para otorgar dicha prórroga si entiende que existen razones de servicio que asi lo ameriten”. Agregando que “de procederse a la prórroga del vínculo laboral solicitada por el agente … habiéndose agotado el plazo de tres años del artículo 63° del CCT, de culminación de carrera, el mencionado empleado deberá retornar a su categoría de revista, esto es 6/5D, ya que no puede prorrogarse el beneficio más allá del límite temporal de tres años establecido en el artículo 63° del Convenio Colectivo de Trabajadores”. Concluyendo que no existe perjuicio en su contra de procederse según lo dictaminado.
Que a fojas 14 y con fecha 13 de diciembre de 2024, el agente Oscar Monje, Legajo N.º 12.763, entendiendo que se encuentra en condiciones de acogerse a la jubilación avanzada a a partir del 01/01/2025, solicita el beneficio por el cual el Gobierno Municipal adelanta al personal que se acoja a la jubilación, importes mensuales a reintegrar oportunamente por el Instituto de Previsión Socialde la Provincia de Buenos Aires, una vez finalizado el trámite y concedida la jubilación.
Que el Departamento Administración de Personal a fojas 17, sugirió se dicte acto administrativo dando de baja al agente Oscar Alberto Monje, D.N.I. 12.725.859, C.U.IL. 20-12725859-8, Legajo N.º 12.763 dependiente de la Delegación Villa Harding Green (oficina 119), a los efectos de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, a partir del 01/01/2025 al cargo interino 06/4B que viene desempeñando en el Municipio, de acuerdo con los alcances de la Ley 9.650.
Que, del citado informe del Departamento Administración de Personal, surge que en cumplimiento a lo establecido en el Art. 63° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahia Blanca, corresponde abonar mensualmente al mencionado agente el importe de pesos ochocientos treinta mil ciento noventa y nueve con trece centavos ($830.199,13), en concepto de anticipo jubilatorio, consistente en el sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual correspondiente a su cargo, nivel y antigüedad al momento del cese, los cuales serán abonados a partir del día 1º de enero de 2025 y hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional. Los importes percibidos durante dicho periodo tendrán carácter de anticipo y serán deducidos al momento de efectuarse la liquidación de los retroactivos correspondientes por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
Que a fojas 18, la División Jubilaciones y Pensiones informa que el agente Oscar Alberto Monje, se encontraría en condiciones de acceder al derecho de la Jubilación Ordinaria.
Que a fojas 19, la Dirección de Obra Social de Empleados Municipales (D.O.S.E.M) toma conocimiento de las actuaciones informando que el agente no registra deuda.
Que a fojas 20, la Contaduría General señala que el agente mencionado no registra ordenes de pago pendientes de rendición.
Que se cuenta con la imputación del gasto de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 20 del presente expediente.
Que, por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- RESUELVE -
ARTICULO 1°) No hacer lugar a lo solicitado por el agente Oscar Alberto MONJE, legajo 12.763, dependiente de la Delegación Villa Harding Green (oficina 119), en cuanto a la solicitud de permanecer en el cargo hasta el 31 de diciembre de 2025, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.
ARTICULO 2°) Dar de baja al agente Oscar Alberto MONJE , D.N.I. 12.725.859, C.U.IL. 20-12725859-8, al cargo efectivo categoría 6/4B que desempeña para el municipio, para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, a partir del 1° de enero de 2025.
ARTICULO 3°) Hacer lugar a lo solicitado por Oscar Alberto MONJE, D.N.I. 12.725.859, C.U.IL. 20-12725859-8, Legajo N.º 12.763, autorizando al Departamento Administración de Personal a abonar la suma de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE CON TRECE CENTAVOS, equivalente al sesenta por ciento (60%) de su remuneración mensual correspondiente a su cargo, nivel y antigüedad al momento del cese, en carácter de anticipo jubilatorio: a partir del 1 de enero de 2025 y hasta tanto se haga efectivo el pago de su prestación previsional.
ARTICULO 5°) Dejar constancia que todas las actuaciones obrantes y concernientes al Legajo n° 12.763, responden al nombre de Oscar Alberto MONJE, D.N.I. 12.725.859, C.U.IL. 20-12725859-8, fecha de nacimiento 15/08/1958.
ARTICULO 6°) El gasto dispuesto en la presente Resolución deberá imputarse a Fuente 110, Jurisdicción 1110103000, Categoría programática 01.01.00, gasto 6210 del presupuesto vigente.
ARTICULO 7°) Cumplir, notificar, tomar nota el Departamento Administración de Personal, Subdirección de Capital Humano, Dirección Obra Social Municipal, División Jubilaciones y Pensiones, publicar, dar al R.O. y ARCHIVAR.-