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Resolución Nº608

Resolución Nº 608

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/12/2024

Vistas las presentes actuaciones iniciadas por el Sr. Martínez Jose Luis DNI nº 10.631.172, contribuyente nº 48535 titular del legajo de Taxi nº 049 mediante la cual solicita autorización para transferir los derechos de explotación del mencionado legajo a favor del Sr. Mazzella Marcelo Fabián DNI nº 24.051.752 y considerando:

Que la Ordenanza nº 15431 en su artículo 26 establece: “Para transferir su legajo, el titular deberá solicitar la autorización al Departamento Ejecutivo, acreditando un mínimo de cinco (5) años en la explotación. Se denegará la transferencia ante la constatación de deuda con el municipio derivada de la prestación del servicio. Corresponde al adquirente cumplir con los requisitos establecidos para los titulares del legajo de taxi vigentes al momento de la transferencia.”

Que el Sr. Martínez Jose Luis cumple con lo normado en la Ordenanza nº 15.431 art. 26, en referencia a la antigüedad requerida, ya que explota el legajo desde el 4 de diciembre de 1997, según expediente 0-11132/1997 y no posee deuda según estado de comercio emitido por el Dpto. Recaudación obrante a fs. 4.

Que tal como surge del informe de la División de Transporte Urbano a fs. 15 y de los antecedentes obrantes en el expediente de referencia, el Sr. Mazzella Marcelo Fabián ha presentado la documentación necesaria para autorizar la transferencia.

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

Artículo 1º) Autorizar al Sr. Martínez Jose Luis DNI nº 10.631.172, contribuyente nº 48535 titular del legajo de Taxi nº 049 a transferir los derechos de explotación del mencionado legajo a favor del Sr. Mazzella Marcelo Fabián DNI nº 24.051.752, en los términos dispuestos en la Ordenanza nº 15431 y el Decreto nº 1.644/2010.

Artículo 2º) Hacer saber al Sr. Martínez Jose Luis que en el plazo de noventa (90) días corridos deberá dar cumplimiento con las exigencias previstas para la transferencia de fondo de comercio (Ley nº 11.867), y en el Art. 26º de la Ordenanza nº 15.431 y su Decreto Reglamentario, bajo apercibimiento de multa.

Artículo 3º) Hacer saber al Sr. Mazzella Marcelo Fabián DNI nº 24.051.752, que deberá dar cumplimiento a la totalidad de los requisitos establecidos para los titulares de legajos de taxis, vigentes al momento de la transferencia según lo establecido en el artículo 30º de la Ordenanza nº15.431.

Artículo 4º) Cumplir, notifícar por intermedio de la División Transporte Urbano a los interesados. ARCHIVAR en la División Transporte hasta dar cumplimiento al Artículo 3º.-