Boletines/Salliquelo
Ordenanza Nº 2063
Salliquelo, 23/12/2024
CONSIDERANDO:
El convenio entre la Municipalidad de Salliqueló y Provincia Microempresas S.A., dependiente del Banco de la Provincia de Buenos Aires,
Que el convenio citado en Visto tiene como objetivo establecer mecanismos de financiamiento y promover la difusión de la información concerniente al acceso a la Línea de Préstamos a Microemprendedores del Banco de la Provincia de Buenos Aires, a los Microemprendedores que se encuentren interesados y desarrollen sus actividades en el Partido de Salliqueló;
Que dentro de las obligaciones asumidas por el Municipio de Salliqueló deberá dar a conocer y promocionar la Línea de Préstamos a Microemprendedores del Banco de la Provincia de Buenos Aires, que ofrece Provincia Microempresas S.A.; e informar a los Microemprendedores que lo soliciten, las características del préstamos y de la documentación necesaria que deben presentar, así como poder a disposición de Provincia Microcréditos un registro o listado de los Microemprendedores de su jurisdicción;
Que la Municipalidad de Salliqueló no asume responsabilidad alguna en la operatoria crediticia que pudiere celebrarse y sólo se limita a la difusión de la información relacionada con la Línea de Préstamos a Microemprendedores ya las demás obligaciones asumidas en el referido convenio;
Que, los créditos están destinados a trabajadores y trabajadoras independientes de la Provincia de Buenos Aires, que realicen una actividad productiva, comercial o de Servicio, y cuyo destino sea la Inversión Productiva o Capital de Trabajo, para fortalecer el emprendimiento. Siendo su objetivo principal potenciar el desarrollo productivo, la inclusión social y mejorar la calidad de vida de las y los bonaerenses.
Que, resulta este un Convenio de suma importancia para la Comunidad de a efectos de acercar una Línea de Créditos para muchos emprendedores que no pueden acceder a las líneas de crédito tradicionales del sistema financiero formal, generando en nuestro medio, generando liquidez y mejorar sus ganancias, redundando en dinero que circula en nuestro medio local;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE SALLIQUELÓ EN SESION ORDINARIA DE PRORROGA DEL DIA DE LA FECHA Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON INHERENTES SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: De conformidad con los considerandos que anteceden, autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio entre la Municipalidad de Salliquelò y Provincia Microempresas S.A., dependiente del Banco de la Provincia de Buenos Aires, para el otorgamiento de Microcréditos a Microemprendedores locales.
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
MAURO SAUER
PRESIDENTE HCD
MARCELO PANOZZO
SECRETARIO HCD