Boletines/Salliquelo
Ordenanza Nº 2061
Salliquelo, 23/12/2024
CONSIDERANDO:
EI Convenio celebrado entre la Municipalidad de Salliqueló y el Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo (IPAC);
Que, la celebración del convenio mencionado tiene por fin establecer acciones conjuntas y colaborativas entre los organismos para contribuir al desarrollo productivo y social;
Que, el IPAC tiene como objetivo fortalecer y fiscalizar a las cooperativas de la Provincia de Buenos Aires y apoyar a aquellas que deseen consolidarse, mediante la articulación de iniciativas que fomenten la participación y formación integral, incluyendo la consultoría, el acompañamiento y la difusión de herramientas disponibles;
Que, por su parte, el Municipio considera que las cooperativas son un factor fundamental para la construcción y fortalecimiento de su comunidad:
Que, ambas partes están interesadas en colaborar conjuntamente para lograr los objetivos mencionados;
Que, el Art. 41 de la Ley Orgánica de la Municipalidades (Decreto Ley 6769/58) establece que corresponde al Honorable Concejo Deliberante otorgar la autorización para la firma de convenios, entendiendo como tales a aquellos que contienen acciones conjuntas de dos o más entidades administrativas que reglan así una actividad común y cuyas voluntades son concurrentes o paralelas:
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL DISTRITO DE SALLIQUELÓ, EN SESION ORDINARIA DE PRORROGA DEL DIA DE LA FECHA Y DE ACUERDO A LAS FACULTADES QUE LE SON INHERENTES SANCION A LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Convalídese el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Salliqueló y el Instituto Provincial de Asociativismo y Cooperativismo de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por Decreto N° 685/24 del Departamento Ejecutivo.-
ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, regístrese y archívese.-
MAURO SAUER
PRESIDENTE HCD
MARCELO PANOZZO
SECRETARIO HCD