Boletines/Salliquelo
Resolución Nº 509
Salliquelo, 06/12/2024
Visto
Lo solicitado según expediente Nº 4100-73.190/24, y;
Considerando
Que, la Ordenanza vigente en la materia es la N° 1.832/18 y su modificatoria N° 2.003/22;
Que, asimismo, la Ordenanza N° 1.585/14 vigente y aplicable a la Habilitación, Inscripción y Controlador de Comercios en el Distrito de Salliquelo establece que el Departamento Ejecutivo puede efectuar la baja de oficio si el titular del comercio no lo hace voluntariamente dentro de los 15 (QUINCE) días de haberse producido el cese de actividades;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ, en uso de sus atribuciones,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Dése de Baja al Comercio “Unidad Móvil para venta y elaboración de comidas rápidas”, que registra Titularidad a nombre de ANTONELLI ALEJANDRO FELIX, D.N.I. Nº 21.567.089 - bajo el Nº 2669 del Registro de Comercio e Industrias de Salliqueló.-
ARTICULO 2º: Por el Departamento de Inspección General notifíquese al recurrente con entrega de copia de la presente Resolución como constancia del certificado de Baja.-
ARTICULO 3º: Tome conocimiento Oficina de Rentas Municipal, a los efectos del cese y percepción de los derechos procediendo al retiro del Libro de Inspección.-
ARTICULO 4º: Comuníquese, infórmese, regístrese y archívese.-
Fdo: Ariel H. Succurro
Intendente Municipal
Thiago García Blanco
Srio. De Hacienda