Boletines/Salliquelo
Decreto Nº 751
Salliquelo, 02/12/2024
Visto
Las notas recibidas por el Secretario de Hacienda, y;
Considerando
Que, se informan las sumas a abonar en concepto de: Guardias pasivas del Personal Médico y no Medico a partir del 1º de Diciembre de 2.024.
Lo previsto en el Art. 13 de la Ordenanza 681/92 y sus modificatorias;
Que, es necesario el dictado de la correspondiente norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Abónese al Personal Médico en concepto de GUARDIAS activas los siguientes valores:
Día Hábil, la suma de $ 242.006 por día.-
Días sábado, domingos y feriados, la suma de $ 362.983 por día.-
Las guardias compartidas por dos profesionales (distinta especialidad) se abonara el valor del 70% de la guardia activa.-
Se abonara el 50% del valor de la guardia activa a quienes la realicen de forma pasiva.-
Traslados en ambulancia hasta 150 Km. La suma de $ 97.684, más de 150 km. $ 139.631.-
Ginecólogas que atiendan Plan Nacer $ 37.237.-
Pediatras que atiendan Plan Nacer $ 26.159.-
En caso que la Guardia sea desempeñada por más de un profesional, el importe de las mismas se repartirá proporcionalmente entre los profesionales que la realicen.-
ARTICULO 2º: Abónese el servicio de Bioquímicos en concepto de GUARDIAS pasivas los siguientes valores:
Días hábiles, la suma de $ 67.252 por día.-
Días sábados, domingos y feriados, la suma de $ 119.070 por día.-
ARTICULO 3º: Abónese al Personal del Hospital Municipal de Salliqueló en concepto de GUARDIAS los siguientes valores:
Por guardia nocturna de Enfermero/as la suma de $ 3.710 por día de lunes a viernes.-
Por guardia pasiva Hemoterapia - Administración la suma de $ 29.311 por semana.-
Por guardia nocturna de camillero sábado, domingo y feriados la suma de $ 21.749.-
Por guardia de telefonista sábado, domingo y feriados la suma de $ 37.895.-
Por guardia nocturna de Enfermeros/as los sábados la suma de $27.382.-
Por guardias diurna de Enfermero/as días los domingos y feriados la suma de $70.539 cada día.-
Por guardias nocturnas de enfermeros los domingos y feriados, la suma de $ 75.591 por día.-
Por guardias activas de chofer de ambulancia los domingos y feriados, la suma de $49.511.-
Por guardias diurnas mucamas domingos y feriados por 6 hs. la suma de $ 31.333.-
Por guardias diurnas mucamas domingos y feriados por 8 hs. la suma de $ 41.777.-
ARTICULO 4º: Abónese al Personal del Hogar Municipal “Papa Francisco”, al Hogar de Abuelos Quenumá y Hogar Convivencial en concepto de GUARDIAS diurnas y nocturnas los siguientes valores:
Por guardias diurna de Enfermero/as días los domingos y feriados la suma de $ 49.511 cada día.-
Por guardias nocturnas de enfermeros los domingos y feriados, la suma de $ 54.766 por día.-
Por guardia nocturna de Enfermero/as la suma de $ 3.710 por día de lunes a sábados.-
Por guardias al personal de enfermería afectado a oncología y gastroenterología la suma de $ 18.150 por día y afectado a cirugía la suma de $ 14.427 por día.-
Por guardias diurnas mucamas domingos y feriados por 6 hs. la suma de $ 31.333.-
Por guardias diurnas mucamas domingos y feriados por 8 hs. la suma de $ 41.777.-
ARTICULO 5º: Abónese en concepto de GUARDIAS:
Por guardia pasiva al chofer de la ambulancia municipal en la Delegación de Quenumá, la suma de $ 16.426 por día de lunes a sábados.-
Por guardia pasiva al chofer de la ambulancia municipal en la Delegación de Quenumá, la suma de $ 28.665 los domingos y feriados.-
Por guardia pasiva Enfermero/as en Sala de Primeros Auxilios de Quenumá, de días lunes a viernes, 12 hs cada día, el valor diario de $ 11.786-
Por guardia pasiva Enfermero/as en Sala de Primeros Auxilios de Quenumá, por días sábados por 12 hs, el valor de $ 38.551 cada día.-
Por guardias pasiva de Enfermero/as los domingos y feriados por 24 hs, en Sala de Primeros Auxilios de Quenumá, el valor de $ 88.398 por día.-
ARTICULO 6º: Abónese al Personal del Hospital Municipal de Salliqueló en concepto de GUARDIAS ADMINISTRATIVAS la suma de $ 37.893 por semana.-
ARTICULO 7º: Abónese en concepto de guardias a los agentes municipales afectados en forma permanente a tareas nocturnas en Corralón Municipal, Hogar Convivencial “Corazones Valientes” y Mucamas Hogar Abuelos Quenumá en la suma de $ 2.477 por día trabajado.-
ARTICULO 8º: Abónese en concepto de guardias a los agentes municipales afectados al servicio de Rayos X, por la suma de $17.680 los días de hábiles y $55.004 los días sábados, domingos y feriados.-
ARTICULO 9º: Cúmplase, tomen razón Contaduría, Tesorería y Personal, dése al Registro Oficial y archívese.-
Fdo: Ariel H. Succurro
Intendente Municipal
Thiago García Blanco
Srio. De Hacienda