Boletines/Salliquelo

Decreto Nº748

Decreto Nº 748

Salliquelo, 02/12/2024

Visto

Que por Decreto Nº 722/24 se fijó el valor de los viáticos del Personal Municipal, y;

Considerando

Que hubo un importante incremento en los insumos que se tienen en cuenta para otorgar viáticos, se hace necesario proceder a fijar nuevos valores de  los mismos, debiéndose dictar la respectiva norma legal;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Fíjense los valores de viáticos del personal municipal a partir del día 1 de Diciembre del año 2024, por los montos y las formas que a continuación se detallan:

A) PERSONAL SUPERIOR

1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación de comprobantes.

2º) Por día o fracción, o más de 400 km. recorridos…..................................$ 128.419,20

B) PERSONAL JERÁRQUICO- DIRECTORES

1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación de comprobantes.

2º) Por día o fracción, o más de 400 km.........................................................$ 85.995,00

C) JEFE DE DEPARTAMENTO

1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación de comprobantes.

2º) Por día o fracción, o más de 400 km.........................................................$ 10.498,05

D) PROFESIONAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO

1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación de comprobantes.

2º) Por día o fracción, o más de 400 km..........................................................$ 9.149,65 

E) MOTON. EQUP. VIALES, CHOFERES Y TRACTORISTAS

Por todo el día o más de 9 hs. diarias.....................................................................$ 7.031,75

Por medio día fuera del horario habitual....................................................... $ 5.297,51

(Son de Quenumá a Salliqueló)

F) CHOFER TRANSPORTE DE CARGA

Por todo el día o más de 9 hs. diarias..............................................................$7.190,50

Por medio día fuera del horario habitual........................................................$ 4.494,90

G) PERSONAL OBRERO, DE SERVICIO Y/O MAESTRANZA

Por todo el día o más de 9 hs. diarias.................................................................$ 1974,58

Por medio día fuera del horario habitual...........................................................$ 1.049,58

ARTICULO 2°: Los valores establecidos en el artículo anterior se actualizarán en el mismo porcentaje que el departamento ejecutivo disponga como aumento para los agentes municipales.-

ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al Registro Oficial y archívese.-

Fdo: Ariel H. Succurro
Intendente Municipal 
Thiago García Blanco
Srio. De Hacienda