Boletines/Coronel Pringles

Resolución Nº0122/24

Resolución Nº 0122/24

Coronel Pringles, 27/11/2024

Visto

el Expediente N° 2.428/24 caratulado “TELLAECHE GABRIEL SOLICITA SUMARIO”; y

Considerando

Que a fs. 01 se presenta el Sub Director de Gestión Productiva a fin de informar que el día 05 de noviembre de 2024, el agente Vargas Héctor, Legajo N° 2671, que el agente se negó a cumplir una orden debidamente impartida y que tiene relación directa con su trabajo, asimismo adujo que ese trabajo lo debía realizar otro agente;

Que debidamente citado el agente a comparecer ante la Asesoría Legal, presenta su descargo, manifestando en el mismo que el tractor lo maneja habitualmente el agente municipal Ibarra, que él se dedica a la desmalezadora, que el tractor no lo quiere agarrar porque se ha roto y tiene miedo de que se le rompa y le quieran descontar del sueldo el arreglo. Que el siempre hizo su tarea. Argumenta asimismo que Tellaeche no sabe mandar, es mal hablado irrespetuoso. Que el 05 de noviembre de 2024 él trabajo todo el día, primero fueron a buscar bolsones de botellas plásticas a la planta de reciclaje, en la camioneta Amarok, volvieron tipo 9:00 horas, luego de tomar mate, se acercó Tellaeche a decirle que suba al tractor y ante su negativa lo amenazó con hacerle sumario. Inmediatamente a eso el dicente agarro la bordeadora y estuvo cortando atas de diproco, y a los costados hasta 11, 11:30 horas. Que el viernes 01 de noviembre el dicente trabajo con la bordeadora pero el que trabaja con el tractor no hizo nada, situación que da bronca;  

Que dicho descargo, no resulta suficiente para poder justificar la falta cometida y ser sobreseído de la comisión de la misma, esto atento que reconoce no querer cortar el pasto en el tractor (orden directa de su Director), mientras no aporta prueba para desvirtuar las acusaciones del superior;

Que por lo expuesto la Asesoría Legal dictamina que el agente municipal Vargas Héctor, Legajo N° 2671, debería ser sancionado con “apercibimiento”, conforme lo dispone el art. 105 Inc. b) Ley 14.656 (art. 108 inc. b CCT), por haber incurrido en la falta que prevé el Art. 107 Inc. 6 Ley 14.656, Art. 110 Inc. 6 CCT;

Por ello en uso de las facultades que le son propias;

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

R E S U E L V E

ARTICULO 1°: Aplicar la sanción de APERCIBIMIENTO a el agente municipal VARGAS Héctor, Legajo Nº 2671, conforme Art. 105 Inc. b) Ley 14.656, Art. 108 Inc. b) del CCT, por haber incurrido en la falta que prevé el Art. 107 Inc. 6 Ley 14.656, Art. 110 Inc. 6 CCT, de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente.

ARTICULO 2°: Notifíquese de todo lo actuado en el presente.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADA BAJO EL N° 122/24.