Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1989/24

Decreto Nº 1989/24

Coronel Pringles, 26/12/2024

Visto

el Expediente N° 2.727/24, iniciado por Gaetano Ingeniería; y

Considerando

Que a fs. 1 solicita autorización para realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra Provisión de gas natural de en calle Acceso Chile E/ 10 de Junio e Islas Malvinas y por calle Islas Malvinas entre Llanguelen y Acc. Chile, consistente en la excavación de una zanja de 241 metros lineales, a 1.20 metros de profundidad como máximo, y entre 1,50 y 3 metros separado de la línea municipal, y posterior tapada y compactación de la excavación;

Que la Dirección de Obras e Infraestructura manifiesta que no existe inconveniente en dar lugar a lo peticionado, encargándose dicha empresa del zanjeo, tapada y pozo de interconexión, así como también de la señalización, luciendo el Plano de Referencia tomando los recaudos de señalización y seguridad de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes, adjuntas a fs. 5 a 8 como así también a lo normado en la Ordenanza Municipal N° 3.517/05, en caso que la obra lo requiera;

Que la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana, estando la obra a cargo de la firma Gaetano Ingeniería S.R.L;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;                             

 

  EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese a la firma GAETANO INGENIERÍA S.R.L a realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra Provisión de gas natural en calle Acceso Chile E/ 10 de Junio e Islas Malvinas y por calle Islas Malvinas entre Llanguelen y Acc. Chile, consistente en la excavación de una zanja de 241 metros lineales, a 1.20 metros de profundidad como máximo, y entre 1,50 y 3 metros separado de la línea municipal, y posterior tapada y compactación de la excavación, encargándose el requirente del zanjeo, tapada, interconexión así como también de la señalización de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes, la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana, previo pago  de la tasa “Derechos Técnicos” de la Ordenanza Impositiva vigente.

ARTICULO 2°: Los montos que surjan de lo dispuesto en el artículo 1° ingresarán a la Cuenta “Derechos de Construcción” del Cálculo de Recursos vigente.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 1.989/24.