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Decreto Nº1666

Decreto Nº 1666

Bragado, 26/12/2024

Visto

VISTO: El formulario de inicio de medida disciplinaria presentado por la Dirección General de Seguridad mediante la cual pone en conocimiento a la Dirección de Personal de un episodio de inconducta que involucra al agente municipal López, Mauro David, DNI N° 28.433.178, legajo N° 2899; y, TENIENDO EN CUENTA: El marco normativo del Decreto Ley N° 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades” y el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57, convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto Nº 1632/19; y, supletoriamente por la Ley Nº 14.656; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, tal como lo prevé el artículo primero del Decreto Ley N° 6769/58 “Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires”, la administración local de los Partidos de la Provincia es desempeñada, en el Departamento Ejecutivo, por un ciudadano con el título de Intendente; Que, de conformidad con lo previsto en el artículo quinto de la norma citada, el 10 de diciembre de 2023 el Sr. Sergio Juan Barenghi ha tomado legalmente posesión de su cargo de Intendente Municipal; Que, el cuerpo normativo referido, en su capítulo IV, artículo 107, establece ser competencia del Poder Ejecutivo la administración general de la municipalidad, y en el artículo 108 inc. 9 detalla dentro de las atribuciones del intendente las de nombrar, aplicar medidas disciplinarias y disponer cesantías de los empleados del Departamento Ejecutivo con arreglo a las leyes y ordenanzas sobre estabilidad del personal; Que, la Ley Provincial Nº 14.656 establece el Régimen Marco de Empleo Municipal disponiendo que las relaciones de empleo público de los trabajadores de las municipalidades de la Provincia de Buenos Aires se rijan por las ordenanzas dictadas por sus Departamentos Deliberativos y/o los Convenios Colectivos de Trabajo; Que, este municipio firmó un Convenio Colectivo de Trabajo con entidades gremiales, a saber: “Sindicato de Trabajadores Municipales de Bragado”, “Asociación de Trabajadores del Estado” y “Sindicato de Empleados Municipales de Bragado” que fue convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19 promulgada por el Decreto Nº 1632/19; Que, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires registró el Convenio Colectivo de Trabajo bajo el número 57 conforme lo establecido en el artículo 58 del Decreto Nº 784/16 promulgatorio de la Ley Nº 14.656; Que, el Convenio derogó la Ordenanza Nº 4770/16 que regulaba la relación de empleo de los trabajadores municipales de Bragado; Que, el agente con su conducta ha infringido las obligaciones como empleado de esta Municipalidad establecidas en el artículo 99º del Convenio Colectivo de Trabajo, quedando su conducta encuadrada en el artículo 101 inciso c) de tal norma; por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1º.- DISPONER la SUSPENSIÓN sin goce de haberes y por el término de tres (3) días del agente municipal LÓPEZ, Mauro David, DNI N° 28.433.178, legajo N° 2899 a partir de la notificación del presente, por considerarlo incurso en las causales previstas en el artículo 102 inciso e) (“Incumplimiento de los deberes determinados en el artículo 99º o quebrantamiento de las prohibiciones establecidas en el artículo 100º…”), sanción tipificada en el art. 101, apartado I inciso c) del Convenio Colectivo de Trabajo. ARTICULO 2°.- COMUNICAR el presente Decreto a la Dirección de Personal a los efectos pertinentes. ARTICULO 3º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 4°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-