Boletines/Bragado
Decreto Nº 1657
Bragado, 19/12/2024
Visto
VISTO: La solicitud de habilitación comercial presentada por la ciudadana María Josefina Muro, en el expediente municipal Nº 4649/24 correspondiente al local sito en calle Moreno Nº 341 de Bragado, cuya actividad funcionará bajo el rubro “despensa”; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, el mismo se encuentra emplazado en zona donde se permite el desarrollo de la citada actividad; Que, realizadas las inspecciones de bromatología, seguridad e higiene y catastral se constató que posee las correctas condiciones y requisitos necesarios para su funcionamiento; Que, habiéndose dado cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 4884/17, corresponde llevar a cabo el acto administrativo para el otorgamiento de la habilitación municipal provisoria; por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA
ARTICULO 1º.- AUTORIZAR a inscribir la Habilitación Municipal Nº 10.639, correspondiente al local sito en calle Moreno Nº 341 de Bragado, identificado catastralmente como Circ. I - Secc. C - Mz. 260 - Parc. 2 D, dedicado a RUBRO “DESPENSA”, propiedad de la Sra. MURO, MARÍA JOSEFINA, DNI Nº 38.042.745, CUIT 27-38042745-7, por el plazo de 180 (ciento ochenta) días; caducando indefectiblemente el 06 de octubre de 2025, conforme lo establecido en el art. 7 inc. h) de la Ordenanza Nº 4884/17 y en los arts. 1 y 2 de la Ordenanza Nº 4691/15. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTÍCULO 3º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-