Boletines/Bragado
Decreto Nº 1635
Bragado, 17/02/2024
Visto
VISTO: El Decreto Municipal Nº 1281/17 que crea la BONIFICACIÓN POR CAPACITACIÓN de carácter eventual y no remunerativo y habilita a la Dirección de Recursos Humanos a otorgarla a aquellos trabajadores municipales que brinden capacitaciones para empleados municipales o público en general procurando la eficiencia en las diferentes áreas; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57 convalidado por la Ordenanza Nº 5252/19, promulgada por el Decreto municipal Nº 1632/19, establece en el art. 40 inc. e) la Bonificación por Capacitación; Que, corresponde abonar los módulos por bonificación a los agentes municipales que brindaron capacitaciones; Que, esta gestión municipal apuesta al mejoramiento de la gestión pública diversificando su oferta en función de las necesidades e intereses de la comunidad; por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA
ARTICULO 1°.- AUTORIZAR el pago de los módulos de Bonificación por Capacitación del mes de NOVIEMBRE del año en curso, en el marco del Decreto Municipal Nº 1281/17, a los siguientes agentes, a saber: BUSID, EMIR legajo Nº 2385 32 Módulos TAYELDÍN, MARÍA LÍA legajo Nº 4255 16 Módulos ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-