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Decreto Nº1581

Decreto Nº 1581

Bragado, 02/12/2024

Visto

VISTO: El reclamo realizado por profesionales de la salud comprendidos en diferentes regímenes salariales, incluidos en la Ley N° 10.471 “Carrera Profesional Hospitalaria”; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, sin perjuicio de la adhesión de esta Municipalidad a dicho régimen escalafonario, lo establecido en la Ley N° 14.656, “Régimen Marco de Empleo Municipal” exime de la inoperatividad de los aumentos dispuestos por el Gobierno Provincial; Que, sin embargo se decide adecuar el régimen salarial extendiendo a todo el personal incluido la Carrera Profesional Hospitalaria, el que sin perjuicio del esfuerzo presupuestario podría ser afrontado por el Municipio sin resentir su normal funcionamiento; por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1°.- ABONAR a partir del 1º de noviembre de 2024 a los profesionales incluidos de acuerdo a la Ley N° 10.471 “Carrera Profesional Hospitalaria”, el siguiente sueldo básico de acuerdo a su categoría laboral:

GRADO

REGIMEN HORARIO

BASICO

Médico de guardia activa

24

$259.822,49,.-

Jf. Unidad “A”

24

$487.888,89.-

Jf. Unidad “B”

24

$ 461.906,64.-

Jf. Unidad “C”

24

$438.811,31 .-

Jf. Unidad Agregado

24

$412.829,06.-

Jf. Unidad Asistente

24

                $389.733,73.-

Prof. Hospital “A”

24

$ 325.259,26.-

 

36

$ 487.888,89.-

 

44

 $ 596.308,64.-

 

48

$ 650.518,52.-

Prof. Hospital “B”

24

$ 307.937,76.-

 

34

$436.245,16.-

 

36

$461.906,64.-

Prof. Hospital “C”

24

$ 292.540,87.-

 

30

$ 365.676,06.-

 

36

$ 438.811,31.-

 

48

$585.081,74.-

Medico Agregado

24

$275.219,37.-

 

36

$ 412.829,06.-

Medico Asistente

24

$ 259.822,49.-

 

36

$ 389.733,73.-

Reemplazo Profesional

24

$259.822,49.-

 

36

$389.733,73.-

Director Ejecutivo

 

$650.518,52.-

 Director Asociado

 

$650.518,52.-

ARTICULO 2°.- INCREMENTAR las bonificaciones remunerativas según la escala salarial dispuesta en la ley 10.471 y de acuerdo a los conceptos detallados en los respectivos decretos provinciales (decretos: 203/04 – 1823/05 – 2188/08).

Concepto

Importe

286 24 hs.

$  15.893.00

286 34 hs.

$  18.190,00.- 

286 36 hs.

$  18.689.00.- 

286 48 hs.

$  21.442.00.- 

ARTICULO 3º.- ABONAR a partir del 1º de NOVIEMBRE de 2024 a los profesionales una BONIFICACIÓN REMUNERTIVA NO BONIFICABLE (048) de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS  ($86.152.00). ARTICULO 4°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno y Personal BARENGHI, SERGIO JUAN. QUARLERI, JOSÉ LUIS. ARTICULO 5°.- FIRMAR. REGISTRAR. COMUNICAR. PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-