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Decreto Nº1695

Decreto Nº 1695

Magdalena, 23/10/2024

 

DECRETO  1695/24.-

Visto

 

           La necesidad de estipular el periodo  a considerarse como  temporada estival  en el Partido de Magdalena y lo establecido por la ordenanza impositiva , Capitulo XI referido a los derechos de Usos de Playas y Riveras, Camping y Recreos, y;

 

Considerando

Que el Decreto 40/90 declara el estado de emergencia ecológica ambiental por el derrame del petróleo  sobre las costas  del Partido de Magdalena, por colisión de dos buques como consecuencia se clausuran las playas de Magdalena, Atalaya y Playa nueva.

                           Que por Resolución Municipal se dispone habilitar en forma precaria la zona costera de Magdalena, comprendida por el balneario municipal de Magdalena, y el de Atalaya ad referéndum de los resultados de los estudios que determine el grado de contaminación sobre las costas.

                            Que, por el Art. 24 del citado capitulo de la Ordenanza Impositiva Municipal se faculta al Dpto. Ejecutivo a fijar los periodos durante los cuales se aplican los derechos establecidos en el mismo.

                            Que ante el hecho de iniciarse la temporada estival 2024/2025

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

 

 

DECRETA

 

 

ARTICULO 1º: Fijase como periodo de temporada estival para el cobro de los derechos establecidos en el Capitulo XI de la Ordenanza Impositiva Municipal, el  que va desde el 1ro de Noviembre del 2024 hasta el 31 de Marzo del 2025, inclusive

 

ARTICULO 2º: La vigencia del periodo establecido en el Art. 1º, queda supeditada a los resultados de los estudios establecidos en los considerándoos ---

 

ARTICULO 3º:.El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena. -

 

ARTICULO 4º De forma.---

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Dra. Greta López Dorao

Secretaria de Gobierno