Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1645
Magdalena, 14/10/2024
Visto
El expediente Letra S Nº 1188/24 referido al Convenio de Control de lucha Contra las Plagas en el Partido de Magdalena entre la Sociedad Rural Magdalena y la Municipalidad de Magdalena y;
Considerando
Que la Municipalidad de Magdalena representada por el Sr. Intendente Municipal Lisandro Fabián Hourcade y el Presidente de la Sociedad Rural Magdalena Sr. Horacio Daniel García Urrutia acuerdan en celebrar el presente Convenio por medio del cual la Municipalidad de Magdalena encomienda a la Sociedad Rural Magdalena llevar adelante el control de lucha contra plagas en todo el territorio del Partido, el fomento y protección de la actividad de los productores agropecuarios de la zona rural del Distrito y el apoyo de las capacidades para la transferencia de la tecnología, asistencia productiva y fortalecimiento de capital humano y social.
Que a los fines de llevar a cabo esta actividad la Municipalidad de Magdalena transferirá en carácter de subsidio no reintegrable la suma de pesos equivalente a lo que en concepto de “Tasa por Lucha y Control de plagas agropeuarias” recaude en forma trimestral el Municipio.
Que el plazo del presente será de (1) UN AÑO a partir de su firma.
Por ello
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: CONVALIDESE AD REFERENDUM DEL HCD el Convenio de Control de Lucha contra las plagas en el Partido de Magdalena entre la Municipalidad de Magdalena y el Sr. Horacio Daniel García Urrutia como Presidente de la Sociedad Rural Magdalena, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-
ARTICULO 2° El presente Decreto Sera Refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
ARTICULO 3 : Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Dra. Greta López Dorao
Secretaria de Gobierno