Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1603
Magdalena, 08/10/2024
Visto
La gran cantidad de caños de escapes modificados y antirreglamentarios que fueron secuestrados a los propietarios de las motos infraccionadas por ocasionar contaminación sonora y después de abonar la multa correspondiente, como accesoria de la sanción el Juez de Faltas Municipal ordena además del decomiso de escape modificado la colocación del original de fábrica y;
Considerando
Que en el depósito municipal de motos secuestradas, dependiente de la Dirección de Control Urbano y Seguridad Ciudadana existen un total de quince caños decomisados, y que los mismos infringen la ley 24449 de Transito y Seguridad Vial, la ley provincial 13927 que adhiere a la norma nacional citada Ut Supra, y la recientemente sancionada Ordenanza N° 4241/24 Sobre Contaminación Sonora por circulación de vehículos con caños de escape no autorizados y/o antirreglamentarios.
Que es obligación del Estado proteger la vida de los conductores, acompañantes, peatones y terceros en general; Instalando además en valor el respeto al prójimo como algo primordial para la convivencia ciudadana.
Que los vecinos ven afectada su tranquilidad y seguridad por estos moto vehículos, que no cuentan con el silenciador de escape original de fabricación y aquellos que provocan por cualquier sistema la acción llamada “corte” que es provocado por condensación de gases y/o cortes eléctricos.
Que forma parte del ejercicio de poder de policía que posee el Estado municipal, la realización de acciones educativas; y entre ellas es demostrar que los elementos secuestrados y que fueran entregados en guarda al Municipio al momento de la sanción y con orden de secuestro, se mantienen en depósito.
Que las acciones contravencionales se extinguen al momento de abonar la multa, colocar el caño de escape original de fábrica y retirar el vehículo por su propietario, y estos escapes no pueden ser utilizados en ningún vehículo; por lo cual la destrucción de los mismos sirve como medida ejemplificadora y educativa sobre el respeto ineludible a la Ley.
POR ELLO
El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Autorizar la destrucción de la totalidad de los caños de escapes secuestrados en distintos operativos realizados por la Dirección de Control Urbano y Seguridad Ciudadana y que fueran sancionados por el Juzgado de Faltas Municipal con la accesoria de obligación de colocar caño de escape original de fábrica, antes de retirar el vehículo.
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo fijará la/las fechas de la realización de la destrucción de estos elementos, invitando a todos los medios de comunicación y vecinos a ser testigos de la desintegración de los elementos que fueran secuestrados por infringir la ley de tránsito.
ARTICULO 3º. El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno Dra. Greta López Dorao.
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Dra. Greta López Dorao
Secretaria de Gobierno