Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1454
Magdalena, 17/09/2024
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1196/2024, referente al Llamado a Concurso de Precios, para adjudicar LA ADQUISICION DE SOLUCIONES PARENTERALES PARA LA FARMACIA DEL HOSPITAL MUNICIPAL SANTA MARIA MAGDALENA, EN EL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BS AS
Que, NO existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;
Considerando
Que, el Acto de Apertura contó con la participación de CUATRO (04) Empresas/Firmas del ramo: LyS INSUMOS S.A.S – LABORATORIOS JAYOR S.R.L – M&M INSUMOS HOSPITALARIOS y MEDISA S.A, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Salud y la Farmacéutica del Hospital Santa María Magdalena, a Fs. 224 y 225, donde considera adjudicar por el menor valor de cada uno de los ítems, ya que resulta conveniente a los intereses municipales.-
Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 225v avalando dicha Adjudicación y aclarando que se declare desierto el item N° 4, ya que no fue cotizado por ninguna de las empresas concursantes.-
Que, NO existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: ADJUDICASE – CON CARÁCTER DE INSISTENCIA: LA ADQUISICION DE SOLUCIONES PARENTERALES PARA LA FARMACIA DEL HOSPITAL MUNICIPAL SANTA MARIA MAGDALENA, EN EL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BS AS
, a las siguientes Firmas:
En un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a Concurso de Precios Nº 17/2024.-
ARTICULO 2°: NO ADJUDICAR: el item N° 4, ya que no fue cotizado por ninguna de las empresas concursantes.-
ARTICULO 3º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 4.000, Programa 17/00 Partida 2.5.2.0 “PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y MEDICINALES” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2024.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda.-
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda