Boletines/Magdalena

Decreto Nº1452

Decreto Nº 1452

Magdalena, 16/09/2024

Visto

Las actuaciones del expediente electrónico número 3320/24 mediante las cuales la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MARCELO Y PABLO POZZI S.R.L, CUIT: 30-71606227-5 solicita la habilitación del vehículo Marca: PEUGEOT Modelo: UD-2008 ACTIVE T200 AM24, Dominio: AG755VI para ser afectado al Servicio de Remis en la Agencia de Remises, Transporte de Pasajeros y Turismo, Legajo n°62781, ubicada en calle Suipacha n°461, propiedad de COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MARCELO Y PABLO POZZI S.R.L titular de la misma.

Que en el mismo Expediente se solicita la baja del automotor Marca:

Marca: PEUGEOT Modelo: 301 ALLURE PACK 1.6, Dominio: AD526JQ.

Que de acuerdo a lo establecido en el Art.7 de la Ordenanza 2152/04, el modelo del vehículo a habilitar no podrá ser superior a los 8 años de antigüedad, pudiendo ser reemplazado en tanto reúna las condiciones exigidas para ello.

Que teniendo en cuenta el Modelo año del vehículo, la presente Habilitación tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2029.

Considerando

Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente.

 

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha la Baja del Servicio de Remisses al vehículo Marca: PEUGEOT Modelo: 301 ALLURE PACK 1.6, Dominio: AD526JQ; Año 2018, Motor: 10FC1A0098102, Chasis: VF3DDNFP6JJ516609, que fuera habilitado para ser afectado a la Agencia de Remisses, Transporte de Pasajeros y Turismo COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MARCELO Y PABLO POZZI S.R.L CUIT: 30-71606227-5  Legajo municipal Nº 62781.

Artículo 2º: Habilítese en su reemplazo como vehículo n°3 para ser afectado a la misma Agencia, al vehículo, PEUGEOT UD-2008 ACTIVE T200 AM24, Dominio: AG755VI, Año: 2024, Motor: 463556700662805, Chasis: 8ADUAFC67SG507807, propiedad de COMPAÑÍA DE TRANSPORTE MARCELO Y PABLO POZZI S.R.L CUIT: 30-71606227-5  legajo municipal Nº 62781.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Dra. Greta López Dorao

Secretaria de Gobierno