Boletines/Magdalena

Decreto Nº1446

Decreto Nº 1446

Magdalena, 16/09/2024

Visto

Los términos del Convenio Colectivo de Trabajo, y;

Considerando

Que, el Departamento Ejecutivo desea reconocer los Servicios prestados por aquellos agentes que se encuentren próximos a recibir el Beneficio Jubilatorio en el desempeño de sus funciones.

Que en virtud de esto promueve los ascensos al trabajador que se encuentra a treinta y seis (36) meses para reunir las condiciones de años de servicio y/o edad para el beneficio jubilatorio, por jubilación ordinaria o por edad avanzada, tendrá derecho a la promoción de la categoría máxima de su Clase y Agrupamiento, en su  régimen horario, previo análisis de la Junta de Calificaciones, Ascensos y Promociones.

Que el beneficio mencionado no deberá exceder, sin excepción, el período de 36 meses desde su asignación hasta su cese como Agente Municipal.

 Que, del informe de Contaduría Municipal surge que no hay existencia de vacante presupuestario disponible por la norma Ut-Supra:

 

Legajo

Apellido y Nombre

Categoría

Actual

Categoría Promover

Jurisdicción

1069

MOLINA ALEJANDRO

OBRERO - III D

OBRERO – III A

6000-01

 

POR ELLO

EL INTENDENTE  MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Promover POR INSISTENCIA Y RETROACTIVO al día 01 de agosto de 2024 el ASCENSO DE CATEGORÍA III-A al Agente MOLINA ALEJANDRO: 1069, dentro del Agrupamiento OBRERO, manteniendo el régimen horario correspondiente y en virtud de lo expuesto en el exordio del presente.

ARTICULO 2º: El beneficio mencionado no deberá exceder, sin excepción, el período de 36 meses desde su asignación hasta el cese como Agentes Municipales.

ARTICULO 3º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el artículo 1 precedente, será con afectación de la Partida 1-1-1-7, Jurisdicción 6000,   Programa 01-00 correspondientes del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretaria de Hacienda, Cr. Andrés García.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Cr.  ANDRES GARCIA

Secretario de Hacienda