Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1393
Magdalena, 09/09/2024
Visto
La Ordenanza Nº 4241/24 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 4 de Septiembre del 2024, y
Considerando
Que dicha ordenanza es referida a la necesidad de hacer un efectivo control del ruido nocivo y sus consecuencias debido a la circulación de vehículos y motocicletas con caños de escape libre y/o modificados.
Que estos ruidos provocados por fuertes explosiones causadas adrede no solo constituye una molesta para el descanso habitual de los vecinos, sino también producen graves consecuencias a las personas con discapacidad, especialmente en aquellas personas que padecen hipersensibilidad auditiva dado el trastorno del espectro autista (TEA).
Que los caños de escapes alterados no solo generan consecuencias en la salud de los ciudadanos, sino también provocan un daño ambiental.
Que este tipo de ruidos también afecta a los animales y a las mascotas, llegando incluso a alterar su comportamiento.
Que la presente ordenanza busca eliminar la contaminación sonora, garantizando la salud de todos los ciudadanos del Partido de Magdalena, a través no solo del secuestro de estos vehículos sino también por medio de la concientización de quienes los utilizan, siendo la educación la herramienta adecuada para la prevención.
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 4241/24 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 4 de Septiembre del 2024, referida a establecer una reglamentación de prohibición; procedimientos para retención de licencia, secuestro y decomiso vehicular; facultades otorgadas a los inspectores; liberación y/o destrucción del material decomisado, así como también la sanciones hacia los infractores que incurran en la presente ordenanza, según actuaciones obrantes en el expediente letra S N° 886/24.-
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Dra. Greta López Dorao
Secretaria de Gobierno