Boletines/Brandsen

Decreto Nº2116

Decreto Nº 2116

Brandsen, 22/11/2024

Visto

                        Visto el Expte. 4015-35.576/24 sobre solicitud de eximición en el pago de tasa municipal, efectuada por Villegas Ana Isabel DNI Nº F6.220.521, y;

Considerando

Que a fs. 14 obra encuesta socioeconómica y sanitaria realizada por el área de la Secretaria de Desarrollo Social, en la cual se sugiere otorgar el beneficio de eximición de tasas municipales;

                     Que a fs. 15 obra dictamen del Departamento de Ingresos Públicos indicando: “Remito las presentes actuaciones en relación al expediente 4015-35.576 iniciadas por. Villegas Ana Isabel, por el que solicita el beneficio de la eximición de las tasas municipales en el inmueble con pda: 20274 para el ejercicio 2024. La Sra. Villegas cuenta con el ingreso proveniente de su beneficio previsional, el mismo no supera el monto de 1 (un) haber mínimo jubilatorio el cual a la fecha es de $ 225.454. Ahora bien, se debe tomar en consideración la sugerencia de los profesionales del área de Desarrollo Social (fs.14), quienes son los que realizan el trabajo de campo tomando real dimensión y contacto con la situación socio económica del solicitante quienes sugieren el otorgamiento del beneficio. Es ello que este departamento considera que están satisfechos los requisitos de la ordenanza 1307/2008 y correspondería eximir el 100% del pago de la tasa y proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, salvo elevado criterio. Fdo. Ludmila López. DEPARTAMENTO DE INGRESOS PÚBLICOS, Municipalidad de Brandsen, 20 de agosto de 2024.”;

                                  Que a fs. 11 se expide la Subsecretaria Legal y Técnica indicando: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen las actuaciones a efectos de emitir opinión con relación al eximición y condonación de TASAS municipales correspondiente al trámite de inmueble partida 20274 propiedad de la Sra. ANA ISABEL VILLEGAS.: Teniendo en cuenta que la petición la formula el 28 de AGOSTO de 2024 a fs. 1, la encuesta socio-económica fs. 18 y vta. y la opinión de la Secretaria de Desarrollo Social (fs. 19) estimo que, de creerlo oportuno el D.E., podría hacer uso de la facultad de eximir del pago de tasas a la Sra. ANA ISABEL VILLEGAS para el ejercicio 2024, siguiente:""c) Podrán otorgarse exenciones especiales, que comprendan desde un cincuenta por ciento (50%), hasta la totalidad del tributo, en aquellos casos en que la situación del contribuyente, entendiéndose como tales personas humanas, no obstante, no estar comprendido en el apartado anterior presenten características socio económicas sanitarias que hagan atendible su caso. Lo que deberá ser debidamente fundado, acreditado y aprobado por los mecanismos que establezca el Departamento Ejecutivo, dejándose constancia de ello en las actuaciones administrativas correspondientes. El bien afectado deberá ser inmueble urbano, única propiedad del peticionante como titular de dominio o heredero y estar destinado en forma exclusiva a vivienda de uso familiar.; En definitiva, de creerlo oportuno el D.E. podría dictar el acto administrativo eximiendo de la tasas municipales a la Sra. Ana Isabel VILLEGAS con relación al inmueble partida 20274 para el ejercicio 2024 (art. 95 inc. c) de la Ord. Fiscal) y condonar la deuda de los ejercicios anteriores de la misma partida teniendo en cuenta para ello la encuesta socio-económica y la consideración de las distintas áreas intervinientes, ello con sustento en lo dispuesto en el antepenúltimo párrafo del art. 95 de la Ord. Fiscal vigente.- SUB-DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES, noviembre 21 de 2024.-. Luis Mariano Cowen. Sub-Director de Asuntos Legales. Municipalidad de Brandsen, SUB-DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES, 12 de agosto de 2024.”;

 POR ELLO

El Intendente Municipal de Brandsen decreta

ARTÍCULO 1º.- Condónese, a Villegas Ana Isabel DNI Nº F6.220.521 de toda deuda exigible hasta el ejercicio 2023 correspondiente a la tasa por servicios municipales referente a la Partida Nº 20274.-

ARTICULO 2º.-Exímase en un cien por ciento (100%), a Villegas Ana Isabel DNI Nº F6.220.521  de la tasa por servicios municipales correspondiente a la Partida Nº 20274, por el ejercicio 2024, en virtud de acogerse a lo establecido por el artículo 95º de la Ordenanza Fiscal. 

ARTÍCULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Economía, Hacienda y Administración. -

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. -