Boletines/San Vicente
Decreto Nº 38
San Vicente, 06/01/2025
Visto
La posibilidad de invertir en Fondos Comunes de Inversión a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires y;
Considerando
Que el art. 66º del Decreto Provincial 2980/00 otorga a la Tesorería Municipal competencia para participar en la evaluación e instrumentación de inversiones temporarias excedentes transitorios de disponibilidades;
Que se toma conocimiento acerca de las características del Fondo de Común Inversión “1822 Raíces Ahorro en Pesos – F04”;
Que la suscripción de dicho fondo se realiza a través del SISTEMA BIP (Banca Internet Provincia) para las empresas del Banco de la Provincia de Buenos Aires;
Que el Fondo Común de Inversión “1822 Raíces Ahorro en Pesos – F04” invierte en depósitos vista, cauciones y plazos fijos en bancos del sistema financiero argentino;
Que la Municipalidad puede requerir en cualquier momento el rescate de los fondos a través del Sistema BIP Empresas del Banco Provincia de Buenos Aires;
Que una vez solicitado el rescate, la Municipalidad puede disponer de los fondos en veinticuatro horas;
Que en virtud de las características de la operatoria no existe riesgo alguno para la integridad del patrimonio municipal;
Que corresponde autorizar la operatoria por resultar conveniente a los intereses municipales en uso de las facultades conferidas por el Art. 108º, inc. 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
El Señor Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Autorizase a la Dirección General de Tesorería a invertir en el Fondo de Común Inversión “1822 Raíces Ahorro en Pesos – F04” a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires, siendo la fecha límite para el rescata de dichos fondos el 31 de diciembre de 2025.
ARTÍCULO 2°: Autorizase a la Dirección General de Tesorería a realizar la operatoria financiera sobre las cuentas que posee la Municipalidad de San Vicente en el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3°: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Planificación y Gestión Institucional.
ARTÍCULO 4°: Comuníquese, regístrese, archívese.