Boletines/Las Flores

Decreto Nº0088/2025

Decreto Nº 0088/2025

Publicado en versión extractada

Las Flores, 13/01/2025

LAS FLORES, BUENOS AIRES Lunes 13 de Enero de 2025

Número: DECTO-2025-88-E-LASFLORES-INT
Referencia: Decto continuidad Incluir
VISTO:
El Expediente 0088/23 iniciado por la Secretaría de Desarrollo Humano.
CONSIDERANDO:
Que en dichas actuaciones propicia la creación del “Programa Municipal Inclusión
Juvenil”, durante el año 2023; destinado a la población adolescente (de 13 a 25 años de edad) de nuestra
comunidad que se encuentren en situación de riesgo social; vulneración de derechos y/o situaciones en donde
cumpla como complemento para la realización de alguna actividad educativa;
Asimismo, el programa Inclusión Juvenil se enmarca como parte de las políticas
Sociales que abordan y atraviesan los estratos de las familias de los niños, niñas y adolescentes, donde se
garanticen derechos que se vean vulnerados;
También, es necesario el aporte del estado como motor para aquellos que no cuentan con
ninguna red de contención. Visibilizar la demanda de la población, hacen de estas acciones un aporte
significativo y un rol fundamental como sinónimo de equidad social.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A:
Art. 1°.- Establecer la continuación en el Partido de Las Flores del “PROGRAMA MUNICIPAL INCLUSIÓN
JUVENIL” el cual contempla el pago de una beca mensual a quienes, en carácter de beneficiarios, participen
de los proyectos elaborados por la Secretaria de Desarrollo Humano, de esta localidad.
Art. 2°.- El programa tiene vigencia a partir del 1º de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Art. 3°.- Los beneficiarios que participen del “PROGRAMA MUNICIPAL INCLUSIÓN =======
JUVENIL” percibirán una beca por un monto mensual que oscila entre pesos DIEZ MIL ($10.000) y pesos
QUINCE MIL ($ 15.000).
Art. 4º.- Los gastos que demande la implementación del presente programa se imputarán a:
=======Jurisdicción 1110105000- Secretaría de Desarrollo Humano - Programa 24 “Acción Social”.
Fuente de Financiamiento 132 “Fondos Afectados de Origen Provincial”- Partida 5.1.4.0, de Presupuesto de
Gastos vigente.
Art. 5º.- Cúmplase, comuníquese a Contaduría, y dese al Registro Oficial de Decretos del Municipio.

FIRMA DIGITAL: Abg. Mariángeles Basile (Secretaria de Desarrollo Humano) - Fabián Blanstein (Intendente Interino)