Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº2568/2024

Decreto Nº 2568/2024

Trenque Lauquen, 11/09/2024

2568-24 Modificación Decreto de Adjudicación a favor de Calejman Matías -Menor- Hijo de Huertas Lorena Guillermina

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Administrativo Nº 1360/2024; y,

Considerando

Que mediante Boleto de Compraventa suscripto con fecha 28 de Octubre del año 2015 y Decreto Nº 1769/15, y a través del sistema de Círculo Cerrado, Licitación Privada 45/15, la Municipalidad de Trenque Lauquen, adjudicó en venta a la SRA. HUERTAS, LORENA GUILLERMINA, un inmueble de propiedad municipal ubicado en Calle Melvin Jones Nº 846 de Trenque Lauquen;

Que a través de Oficio ingresado a la Municipalidad de Trenque Lauquen, con fecha 03 de Julio de 2024, en relación a los autos “CALEJMAN, MANUEL IGNACIO S/ Sucesión Ab Intestato,” Expediente Nº 96599, el Magistrado Suplente a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen informó a este Municipio que en el marco del proceso sucesorio mencionado, se procedió a autorizar el pago de las cuotas adeudadas a la Municipalidad en concepto de vivienda con fondos que le correspondían al menor Matías Calejman en su carácter de único heredero;

Que el saldo de precio correspondiente a la Vivienda ha sido efectivamente cancelado en su totalidad, encontrándose además al día el pago de las tasas municipales; según informe emitido por la Dirección de Tributos y agregado a las presentes actuaciones;

Que en atención a lo expuesto, en el oficio referido, el Juez, conforme lo resuelto en el sucesorio, ha dispuesto ordenar al Municipio efectuar la readjudicación del Inmueble, de manera tal que se adjudique un 50% del mismo en favor de la SRA. HUERTAS, LORENA GUILLERMINA y el restante 50% en favor del menor CALEJMAN MATÍAS, debiendo reflejarse asimismo la cotitularidad en los porcentajes indicados en la Escritura Traslativa de Dominio a llevarse a cabo oportunamente;

Que por su parte la adjudicataria, ha presentado nota en idéntico sentido, manifestando la situación descripta y solicitando la readjudicación en la forma indicada, adjuntando a su presentación un Informe de Anotaciones Personales, a fin de acreditar que no pesan sobre ella inhibiciones que impidan acceder a lo solicitado;

En concordancia con todo lo expuesto, y a fin de regularizar la situación dominial, con fines escriturarios, corresponde proceder a la Desadjudicación y Readjudicación del Inmueble en cuestión en la forma ordenada;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto la adjudicación efectuada en favor de la SRA. HUERTAS, LORENA GUILLERMINA, DNI. Nº 29.104.840, de un inmueble ubicado en Calle Melvin Jones Nº 846 de Trenque Lauquen, identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN XVII, SECCIÓN C, CHACRA 223, MANZANA 223 T, PARCELA 17 A, PARTIDA Nº 30370, oportunamente adjudicado mediante el sistema de Círculo Cerrado, Licitación Privada 45/15, Decreto Nº 1769/15.-

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase el 50% del Inmueble identificado catastralmente como CIRCUNSCRIPCIÓN XVII, SECCIÓN C, CHACRA 223, MANZANA 223 T, PARCELA 17 A, PARTIDA Nº 30370, a la SRA. HUERTAS, LORENA GUILLERMINA, DNI. Nº 29.104.840 y el 50% restante al menor CALEJMAN, MATÍAS, DNI. Nº 55.523.997.-

ARTICULO 3º.- Autorízase, según lo dispuesto por la Ley 10.830, a suscribir el correspondiente Título de Dominio del inmueble descripto en el artículo precedente, procediéndose a su inscripción en los porcentajes establecidos en favor de cada adjudicatario, debiendo indicarse los mismos en la Escritura Traslativa de Dominio que oportunamente se formalice ante el Organismo Provincial correspondiente.-

ARTICULO 4º.-   Elévense las presentes actuaciones al Honorable Concejo Deliberante, con el propósito de convalidar la readjudicación efectuada con fines escriturarios, dando así cumplimiento a lo consignado en el artículo 54 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 159 del mismo cuerpo normativo.-

ARTICULO 5º.-   Remítase copia del presente al Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, a fin de ser incorporado a los autos caratulados “CALEJMAN, MANUEL IGNACIO S/ Sucesión Ab Intestato,” Expediente Nº 96599.-

ARTICULO 6º.-Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y Archívese.-

Martín I. Borrazás
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Trenque Lauquen         


Sr. Francisco Recoulat
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen