Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 2561/2024
Trenque Lauquen, 10/09/2024
2561-24 Prescripción Liberatoria RIBELOTTA María José
Visto
El Expediente Administrativo Nº 1636/2024, y
Considerando
Que el mismo se inicia a partir de la nota presentada por la Sra. María José Ribelotta, mediante el cual se solicita la prescripción por el paso del tiempo de los períodos que correspondan a los inmuebles Partida Nº 01 y Nº 11.929 (fs 01).
Que, la Dirección de Asuntos Legales solicitó a la Oficina de Cobros Extrajudiciales informe si existen planes de pago vigentes, que pudieran interrumpir la prescripción solicitada, requerimiento que fuera contestado a fs. 08. No obstante, de los registros internos surgen intimaciones de deuda formales realizadas respecto de la Partida Nº 01, la cual fue notificada en fecha 29/08/2023.
Que, respecto de la Partida Nº 01, el término de prescripción se interrumpió en fecha 29/08/2023 con la intimación de deuda; y en cuanto a la Partida Nº 11.929 resulta aplicable la Ley Nº 13.536 que dispuso que los Municipios de la Provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las competencias constitucional y legalmente asignadas a los Departamentos que los integran, la condonación de las deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas a la fecha de entrada en vigencia de dicha Ley.
Que, la Dirección de Asuntos Legales dictamina que la deuda de la Partida Nº 01, no corresponde conceder la prescripción por encontrarse interrumpido el plazo conforme intimación de deuda realizado por la Oficina Extrajudicial de Cobro. En cuanto a la deuda de Partida Nº 11.929; previa al período 31/12/2018 conforme lo requerido, han dejado de ser legalmente exigibles. (Normativa aplicable a la materia: art. 278 del Decreto-Ley nº 6769/58 - incorporado por Ley Nº 12.076-; art. 2560 y cctes CCyC).
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1°: Declarar la prescripción liberatoria de la deuda del inmueble Partida Nº 11.929, correspondiente a los períodos previos 31/12/2018 conforme lo requerido.
ARTICULO 2°: Rechazase la prescripción liberatoria de la deuda del inmueble Partida Nº 01, conforme lo expuesto en los “Considerandos” que anteceden.
ARTICULO 3°: Comuníquese a Contaduría y, por su intermedio, a la Oficina de Cobros Extrajudiciales; regístrese y archívese. -
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen
Francisco Recoulat
Intendente
Municipal de Trenque Lauquen