Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 2518/2024
Trenque Lauquen, 03/09/2024
2518-24 Prescipción Liberatoria PUIG Martín Adrian
Visto
El Expediente Administrativo Nº 1725/2024, y
Considerando
Que el mismo se inicia a partir de la nota presentada por el Sr. Puig, Martín Adrián, mediante el cual se solicita la prescripción por el paso del tiempo de los períodos que correspondan a los vehículos dominio GNM669; CQW803; IVP099.
Que la Ley Nº 13.536 dispuso que los Municipios de la Provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las competencias constitucional y legalmente asignadas a los Departamentos que los integran, la condonación de las deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas a la fecha de entrada en vigencia de dicha Ley.
Que, asimismo, sobre el particular se ha expedido la Dirección de Asuntos Legales y Contaduría de esta Municipalidad manifestando que corresponde estar a las disposiciones del art. 278 (Texto según Ley 12.076) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en cuanto establece que "las deudas de los contribuyentes que hubieren incurrido en mora en el pago de impuestos, tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad, prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse”.
Que conforme surge de las constancias de la Oficina de Cobros Extrajudiciales Municipal no ha habido intimaciones administrativas realizadas por la Municipalidad, y sobre las partidas indicadas no ha habido reconocimiento de deuda ni se ha suscripto plan de pago alguno.
Que, en las condiciones expuestas, la deuda previa al período 31/12/2018 conforme lo requerido, ha dejado de ser legalmente exigible (Normativa aplicable a la materia: conf. art. 278 del Decreto-Ley nº 6769/58 -incorporado por Ley Nº 12.076; art. 2560 y cctes. CCyC)
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1°: Declarar la prescripción liberatoria de la deuda perteneciente a los vehículos dominio GNM669; CQW803; IVP099; correspondiente a períodos previos al 31/12/2018 conforme lo requerido.
ARTICULO 2°: Comuníquese a Contaduría y, por su intermedio, a la Oficina de Cobros Extrajudiciales; regístrese y archívese. -
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen
Francisco Recoulat
Intendente
Municipal de Trenque Lauquen