Boletines/Magdalena

Decreto Nº1157

Decreto Nº 1157

Magdalena, 07/08/2024

Visto

Las actuaciones del expediente electrónico número 1890/24 mediante las cuales MACIEL Julio Héctor - CUIT 20-13770172-4 solicita la habilitación del vehículo marca RENAULT, modelo Logan PH2 Life 1.6, Dominio: AF929XF, año 2023, de su propiedad, para afectarlo al Servicio de Taxi, con Licencia Nº 29 en la ciudad de Magdalena; y

Considerando

Que el adquirente ha presentado la documentación que acredita la propiedad del vehículo antes mencionado, para prestar el servicio de transporte de pasajeros con la licencia de taxi número 29, así como el resto de la documentación exigida por las normas municipales vigentes;

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 de la Ordenanza 2467/07 la habilitación será otorgada por el término de cinco años, y será renovada en tanto la unidad satisfaga las condiciones exigidas por la mencionada ordenanza, y siempre que el vehículo no posea una antigüedad mayor a los diez años;

Que asimismo, el interesado solicita la baja y desafectación del vehículo actualmente habilitado para el servicio mediante Decreto Nº 605/22 del 19 de mayo de 2022, dado su reemplazo para la prestación del servicio; 

Que de la documentación que se adjunta, surge que se han cumplido los requisitos pertinentes.

               

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

 

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar, a partir de la fecha, la baja, del vehículo marca RENAULT, modelo Logan Privilege 1.6, Dominio: AA322YJ, año de fabricación: 2016, motor K4M2842Q056810; chasis: 93Y45RB94HJ408293, afectado a la licencia de taxi número 29 de MACIEL Julio Héctor - CUIT 20-13770172-4.

Artículo 2º: Autorizar y registrar, a partir de la fecha, la habilitación, en su reemplazo  del vehículo propiedad de MACIEL Julio Héctor - CUIT 20-13770172-4, cuya identificación es Marca: RENAULT; Modelo: Logan PH2 Life 1.6; Dominio: AF929XF, Motor H4MJ759Q216231, Chasis: 8A14SRYE5RL636412.

Artículo 3º: La presente habilitación tendrá validez hasta el 31 de diciembre de 2029, por las razones expuestas en el exordio.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

 

Fdo.

LISANDRO HOURCADE

Intendente Municipal

Fdo.

Dra. Greta López Dorao

Secretaria de Gobierno