Boletines/Magdalena
Decreto Nº 1279
Magdalena, 26/08/2024
D E C R E T O Nº 1 2 7 9 / 2 4
Visto
El Art. 47º Inc. 7 del Convenio Colectivo de Trabajo sobre la Bonificación por Función Profesional, y;
Considerando
Que, mediante el mismo se establece el Régimen de la Bonificación por Función Profesional.
Que, las Trabajadoras Sociales BACIGALUPPE DEBORA DAMARIS LEG. 1303, ALVAREZ VICTORIA LEG. 1164 Y SAETTONE DEVORA LEG. 2384 se encuentran desarrollando tareas como profesional en el Area de la Subsecretaria de desarrollo Humano y Flia.
Que, las mismas están en condiciones de acceder a dicho beneficio y encuadra en las condiciones establecidas de la citada Bonificación para otorgarle un beneficio del 50%.
P O R E L L O
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: OTORGASE el porcentual a partir del 01 de agosto del presente año, la Bonificación por Función Profesional del 50 % para las Trabajadoras Sociales BACIGALUPPE DEBORA DAMARIS LEG. 1303, ALVAREZ VICTORIA LEG. 1164 Y SAETTONE DEVORA LEG. 238 en virtud del exordio de la presente.
ARTÍCULO 2º: La erogación que demande lo determinado en el artículo precedente deberá ser tomada de la Partida y Finalidad correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.
ARTÍCULO 3º: La asignación de la Bonificación determinada en el artículo 1º será incompatible con la percepción de la Bonificación por Bloqueo de Titulo y/o cualquier concepto de similar naturaleza.
ARTICULO 4º: El presente DECRETO será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Andrés García.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda