Boletines/Tandil

Decreto Nº104/2025

Decreto Nº 104/2025

Tandil, 08/01/2025

Visto

La renuncia para acogerse a la jubilación ordinaria insalubre presentada por Osvaldo Horacio Dehesa– Legajo 5478 - de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas.

Considerando

Que se han expedido al respecto la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General, y la Dirección de Presupuesto.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Aceptase la renuncia presentada por Osvaldo Horacio Dehesa– Legajo 5478 - de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas para acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria insalubre a partir del 1 de enero de 2025.

Artículo 2°: Inclúyase a Osvaldo Horacio Dehesa– Legajo 5478 - de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, en las Planillas de Anticipo a Jubilados, a partir de la fecha mencionada.

Artículo 3°: Otorgase a Osvaldo Horacio Dehesa– Legajo 5478 - de la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas una retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis mensualidades del básico de la categoría que revistaba, sin descuentos de ninguna índole, equivalente a la suma de Tres millones trescientos cincuenta y siete mil cien pesos con noventa y ocho centavos ($ 3.357.100,98) conforme a lo determinado en el artículo 46 inc. b) del CCT 09/2019.

Artículo 4°: Los egresos impútense la partida 1.6.1.0 “Premios al Personal”, 1.1.1.01.05 – Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas -, Programa 22 – Servicios Públicos Urbanos - Actividad 01 – Recolección de residuos sólidos urbanos - y de la partida 6.2.1.1 “Anticipo a Jubilados”, dentro de la clasificación institucional l – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01 – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.03 –Secretaría de Gobierno-, Actividad 01 –Administración de Gobierno-, Subactividad 01 –Conducción y Administración, del Presupuesto de gastos vigente para el ejercicio.

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

Artículo 6°: Regístrese, notifíquese por la Secretaría de Planeamiento y Obras Pública, tomen conocimiento Delegación de IPS, Dirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección de Sistemas Informaticos y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)    -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno                         -                  Intendencia