Boletines/Tandil

Decreto Nº100/2025

Decreto Nº 100/2025

Tandil, 08/01/2025

Visto

La solicitud de designación de Zuri Mayora con D.N.I. Nro. 38.129.822, como Personal Técnico del Servicio de Laboratorio del Sistema Integrado de Salud Pública, efectuada por su Jefa en razón de la renuncia, para acogerse al beneficio jubilatorio de la Sra. Mirtha Martinez - Legajo 10.245

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Desígnase a Zuri Mayora con D.N.I. Nro. 38.129.822, como Personal Técnico de Carrera en la categoría 8 - 48 horas semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizado, partida presupuestaria correspondiente al Hospital "Ramón Santamarina”, en el Servicio de Laboratorio del mismo Hospital, correspondiéndole la Bonificación de Técnicos y Enfermeros (Concepto 28), a partir del 01 de enero de 2025 hasta el 31 de enero de 2025, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.

Artículo 2°: Descuéntese de sus haberes el dieciséis por ciento (16%) a fin de realizar los aportes jubilatorios al I.P.S., en razón de la insalubridad del área.

Artículo 3°: El Personal Técnico deberá cumplir funciones en turnos continuos rotativos, mañana, tarde o noche, en días hábiles, sábados, domingo y/o feriados, debiendo tener disponibilidad laboral en turnos, días y servicios que la Jefa le solicite realizar.

Artículo 4°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática, 17.00.00 Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Administración y Conducción, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social, 1.2.4.0 Otros Gastos en personal, 1.2.4.6 Bonificación de Técnicos, del presupuesto de gastos en vigencia.-

Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Direcciones del Hospital “Ramón Santamarina”, Servicio de Laboratorio, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)                   -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud              -                Intendencia