Boletines/Tandil

Decreto Nº89/2025

Decreto Nº 89/2025

Tandil, 08/01/2025

Visto

Visto la solicitud del Dr. Esteban Miguel Promenzio - Legajo 8.128, quien se desempeña como Médico de Planta en la especialidad de Gastroenterología del Hospital “Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública en la categoría 11 - 24 hs. semanales, solicitando Reconocimiento de Antigüedad por los servicios prestados como Residente en el período comprendido entre el 01 de junio de 2003 al 31 de mayo de 2007, ambas fechas inclusive, en el Hospital Zonal Gral. de Agudos “San Roque” de Gonnet; como Médico rentado en el período comprendido entre el 01 de diciembre de 2007 al 24 de agosto de 2015 en el Hospital Zonal Gral. de Agudos “Dr. Isidoro G. Iriarte” de Quilmes; y como Médico rentado en el período comprendido entre el 01 de marzo de 2010 al 28 de octubre de 2021 en el Hospital “El Cruce”

Considerando

Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Ente.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Reconózcase al Dr. Esteban Miguel Promenzio - Legajo 8.128 la Antigüedad de cuatro (4) años solamente para el grado escalafonario de acuerdo al Artículo 8vo último párrafo del Decreto Nro. 1306/04 de la Carrera Profesional, correspondiéndole el pase a la Categoría 12 - 24 Horas Semanales a partir del 01 de enero de 2025.

Artículo 2°: Reconózcase la Antigüedad de trece (13) años, diez (10) meses y veintiocho (28) días, a efectos del pago por la Bonificación por Antigüedad a partir del 01 de enero de 2025.

Artículo 3°: La erogación que ello implique deberá imputarse a las Partidas Jurisdisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 – Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Administración y Conducción, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.3. Personal Profesional, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Por Antigüedad, 1.1.5.0 Otros Gastos en Personal, 1.1.5.7. Bonificación Especial, correspondiente al Presupuesto vigente.-

Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.

Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Dirección Médica del Hospital Santamarina, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente)                   -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

          Presidencia del Sistema Integrado de Salud              -                Intendencia