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Decreto Nº1082-24

Decreto Nº 1082-24

Alberti, 06/12/2024

Visto

Las constancias del expediente M.A   1146/2024.

Lo establecido en la Ordenanza 1848, y;

Considerando

Que, a través del Expediente mencionado en el visto, se tramita la habilitación de comercio en los términos de la Ordenanza 1848.

Que, se han expedido las dependencias municipales de rigor, hallándose reunidos los recaudos legales exigidos por la emisión del presente acto de habilitación.

Que, la habilitación otorgada se encuentra sujeta al integro cumplimiento por el beneficiario de los requisitos establecidos para la normativa en vigencia.

Que, de conformidad con lo normado en el artículo 14 de la ordenanza 1848, resultan susceptibles de habilitar por analogía aquellas actividades no expresamente previstas en el Anexo de habilitaciones contenido en la Ordenanza impositiva.

Que, en consecuencia

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTÍCULO 1°: Habilítese bajo nro. de Cuenta 1186/04, el comercio ubicado en Av. General Libertador San Martin Nº 189, a nombre del señor Joaquín Ignacio Novillo DNI 37.895.259.

La habilitación se otorga para el desarrollo de la actividad de Restaurante, Código de Actividad 63100-Sub código 1- Categoría C; con la posibilidad de presentación de espectáculos.

Para el desarrollo de espectáculos  habilitados, el titular del comercio deberá acatar íntegramente la normativa vigente en la materia, debiendo adoptar todas las medidas para asegurar la adecuación de la actividad a los parámetros de emisiones sonoras permitidos, así como el íntegro cumplimiento de los horarios autorizados al efecto. El incumplimiento a lo normado autorizará al Municipio a decretar la caducidad de la autorización concedida para la realización de espectáculos, ello sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar en el marco de lo normado en la Ordenanza 1848 y demás normativa aplicable en la especie.

ARTÍCULO 2°: Tomen razón las dependencias correspondientes a sus efectos.-

ARTÍCULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial de Decretos  y archívese.-