Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº2214/24

Decreto Nº 2214/24

Mar Chiquita, 25/11/2024

Visto

La necesidad de efectuar la reubicación por razones de servicio a la agente Grela, Silvina Sandra - Legajo N° 1909, a los CAPS del Balneario Parque Mar Chiquita y en el Centro de Salud de Santa Elena; y

Considerando

Que la Ley Orgánica de las Municipalidades, faculta al Departamento Ejecutivo a designar y reubicar al personal municipal;

Que por decreto N° 1848/23 de fecha 25 de octubre del 2023, la agente fue designada en Planta Permanente como Personal Técnico – Clase II de 40 Horas Semanales, en la Categoría Programática 81.00 – Salud Descentralizada de la Secretaria de Salud - Jurisdicción 11101280000;

Que la agente Grela, Silvina Sandra, dada la naturaleza de su categoría programática, ha sido designada para cubrir las necesidades del servicio de salud en diferentes localidades del municipio;

Que con fecha 01/02/2024 la Agente solicito y le fue concedida una Licencia Especial Sin Goce de Haberes mediante Decreto Municipal N° 0229/24 desde esa fecha y hasta el 31/07/2024;

Que hasta el momento del inicio de la licencia mencionada la Agente se desempeñó principalmente en el CAPS de Santa Clara del Mar pero que dadas las características propias del área de salud y la necesidad de cubrir el servicio esencial en otros centros de asistenciales la agente era enviada a otras localidades costeras, ya que la categoría programática asignada a la agente así lo permitía;

Que con motivo de la creciente demanda de atención en los CAPS del Balneario Parque Mar Chiquita y en el Centro de Salud de Santa Elena, resulta necesario fortalecer la cobertura en dichos establecimientos;

Que la agente Grela, al reincorporarse luego de su licencia, se encuentra en condiciones de asumir estas nuevas responsabilidades;

Que el traslado a se efectúa en cumplimiento con lo prescripto en el artículo 8 de la Ley 14.656, el cual prevé el traslado del trabajador dentro de la repartición o a otra dependencia cuando necesidades propias del servicio lo requieran;

Que este traslado se realiza en virtud de las facultades conferidas al Intendente Municipal y sin generar perjuicio alguno para la agente.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: TRASLADASE, por razones de servicio a partir del día de la fecha a la agente GRELA, SILVINA SANDRA - LEGAJO N° 1909 CUIL N° 27-24097812-7, quien se desempeña como PERSONAL TECNICO – CLASE II – 40 HORAS SEMANALES, a cumplir tareas en el CAPS DEL BALNEARIO PARQUE MAR CHIQUITA y en el CENTRO DE SALUD DE SANTA ELENA, dependiente de la SECRETARIA DE SALUD. La distribución horaria será determinada por la autoridad competente, de acuerdo con las necesidades del servicio.

ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon y por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio. 

ARTICULO 3°: COMUNIQUESE, a la interesada en legal forma, a quienes corresponda, regístrese y publíquese.