Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1968/24

Decreto Nº 1968/24

Coronel Pringles, 19/12/2024

Visto

y

Considerando

el Expediente Nº 2.038/23, caratulados  “ASESORA LEGAL S/INVESTIGACION”, y el Decreto Nº 1004/24 por el cual se realizó la suscripción de un convenio de reconocimiento de deuda y pago con la Compañía La Perseverancia Seguros, por una parte y los Dres. Silvio Daniel Iphais y María Candelaria Pereyra en calidad de apoderados del Municipio de Coronel Pringles en la suma de $5.500.000,00 en concepto de capital y la suma de $825.000 en concepto de honorarios de los abogados intervinientes dependientes del Municipio conforme decreto ley 8838/77, cada letrado deberá percibir solo el 50% de los mismos, ya que el otro 50% pertenece al Municipio, y de acuerdo a lo manifestado a fs. 197/198 por la Contaduría Municipal corresponde rectificar el Decreto mencionado en su Artículo 1º; en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Rectifíquese en el Artículo 1º del Decreto N° 1.004/24, donde dice…“Autorícese la suscripción de un convenio de reconocimiento de deuda y pago con la Compañía La Perseverancia Seguros, por una parte y los Dres. Silvio Daniel Iphais y María Candelaria Pereyra en calidad de apoderados del Municipio de Coronel Pringles en la suma de $5.500.000,00 en concepto de capital y la suma de $825.000 en concepto de honorarios de los abogados intervinientes dependientes del Municipio conforme decreto ley 8838/77, cada letrado deberá percibir solo el 50% de los mismos, ya que el otro 50% pertenece al Municipio, deberá decir… “Autorícese la suscripción de un convenio de reconocimiento de deuda y pago con la Compañía La Perseverancia Seguros, a fin de que ingrese el monto total de la suma de $6.325.000,00 al Recurso 12.9.22.00 “Indemnizaciones/Seguros”, ingresando a esta Comuna como parte de la indemnización relacionada con el siniestro.

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 1.968/24.