Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1936/24
Coronel Pringles, 17/12/2024
Visto
los Expedientes N° 1.752/16, 0022/22 y 1.733/24 iniciados por la Directora de Acción Social, Sra. Pereyra Natalia; y
Considerando
Que solicita la contratación mediante Locación de Obra de los Profesionales, Abogada Sensi Virginia, la Psicóloga Echeverría María Josefina y la Psicóloga Redín Fátima, para desempeñar sus respectivas funciones en el Servicio de Prevención y Asistencia de la Violencia Familiar; a partir del 01/01/25 y hasta el 30/06/25, abonándoseles a cada una la suma mensual de $246.067,00, y un adicional de $118.000,00 a cada una de las mismas;
Que no existe inconveniente alguno en acceder a lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Desarrollo, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra de las Profesionales SENSI Virginia, D.N.I. Nº 33.311.780, ECHEVERRÍA María Josefina, D.N.I. Nº 34.381.316, y REDÍN Fátima, D.N.I. Nº 40.981.804, para desempeñar sus respectivas funciones en el Servicio de Prevención y Asistencia de la Violencia Familiar; a partir del 01/01/25 y hasta el 30/06/25, abonándoseles la suma mensual de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SESENTA Y SIETE ($246.067,00) y un adicional de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL ($118.000,00).
ARTICULO 3°: El importe mensual de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SESENTA Y SIETE ($246.067,00), se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 22.00.00 “Ley 13.163 Fondo de Programas Sociales” - Partida 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales” “Otros”, Fuente de Financiamiento 132 “Origen Provincial”, de forma diferida al Ejercicio 2025.
ARTICULO 4°: El importe adicional de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL ($118.000,00), se imputaran en Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo” – Categoría Programática 50.00.00 “Programa Comunidades en Violencia” – Partida 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales – Otros”, Fuente de Financiamiento 132 – “de Origen Provincial”, de forma diferida al Ejercicio 2025.
ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 1.936/24.