Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1918/24

Decreto Nº 1918/24

Coronel Pringles, 11/12/2024

Visto

la decisión del Departamento Ejecutivo de asignar al personal municipal una bonificación no remunerativa; y

Considerando

Que dicha asignación será de $70.000,00 no remunerativa, por única vez, el 3 de enero del año 2025, a efectos de paliar la difícil situación económica de los trabajadores municipales;

Que dicha asignación corresponde para los empleados cuyo sueldo remunerativo, sin contar la antigüedad, no supere la suma de $1.013.171,81;

Que esta asignación no será  abonada a los empleados de Planta Política: Directores, Jefe de Compras, Juez de Faltas, Sub-secretarios, Secretarios, Secretario HCD, Intendente y Concejales; a agentes que se encuentren bajo licencia superior a 30 días; empleados bajo locación de servicios o por tanto destajistas, trabajadores ingresantes con posterioridad al 01 de septiembre 2024, y agentes suspendidos por sumarios; 

               Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Dispóngase el pago, por única vez, de PESOS SETENTA MIL ($70.000,00), en concepto de bono no remunerativo al personal municipal de planta permanente y Temporario Transitorio (jornalizados), a abonarse el día 3 de enero de 2025, devengándose dicho gasto en el presente ejercicio, de acuerdo al exordio del presente. Dicha asignación corresponde para los empleados cuyo sueldo remunerativo, sin contar la antigüedad, no supere la suma de $1.013.171,81.

ARTICULO 2°: Quedan excluidos de lo dispuesto en el artículo 1° el personal de Planta Política: Directores, Jefe de Compras, Juez de Faltas, Sub-secretarios, Secretarios, Secretario HCD, Intendente y Concejales; agentes que se encuentren bajo licencia superior a 30 días; empleados bajo locación de servicios o por tanto destajistas, trabajadores ingresantes con posterioridad al 01 de septiembre 2024, y agentes suspendidos por sumarios por más de 10 días por sanción disciplinaria, durante los dos últimos años.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.918/24.