Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1912/24

Decreto Nº 1912/24

Coronel Pringles, 10/12/2024

Visto

el Expediente Nº 2.637/24 caratulado “PIÑEIRO ADRIANA SOL. AUT. FIESTA DE EGRESADOS ESCUELA TECNICA”; y

Considerando

Que la documentación presentada cumpliría con la requerida por el art. 3 del Decreto Nº 1.520/18, obrando en autos a fs. 1 fecha, lugar, tipo, motivo de la fiesta y cantidad estimada de personas que asistirán, de fs. 2 a 4 datos completos del organizador y persona responsable del equipo de sonido, fotocopia de D.N.I., a fs. 7 a 10 Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, a fs. 11 libre deuda municipal del inmueble;  

Que asimismo se acompaña a fs. 12 Decreto Nº 814/24 donde consta la habilitación del predio donde se realizará el evento;

Que por lo expuesto la Asesoría Legal considera que debería darse aprobación para la realización del evento detallado, atento a cumplir con lo establecido en el Decreto Nº 1.520/18 que rige la práctica de estas fiestas, estableciéndose el horario de cierre de expendio de alcohol hasta la 4.30 horas y culminación del evento a las 6:00 horas; con debido cumplimiento por parte de los organizadores, de toda normativa vigente, expresamente de la Ley 14.050 que rige la no admisión de menores de edad y tope horario; 

Que previo a la realización de dicho evento, el solicitante deberá presentar ante este Municipio el RAN (Registro de Actividades Nocturnas) eventual para la fiesta, el REBA categoría C3 y se deberá adjuntar inspección municipal previa al evento, pólizas de seguros contratadas, sin los cuales el evento no podrá realizarse;

           Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese la realización del evento social bailable, FIESTA DE EGRESADOS el día 20/12/24, solicitada por ADRIANA PIÑERO, DNI Nº 25.803.412, a desarrollarse desde la 20:00 horas en el GIMNASIO DEL CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE ubicado en calle Brown (12) Nº 1.475 de Coronel Pringles, de acuerdo a lo expuesto en el exordio del presente.

ARTICULO 2°: Establézcase que el horario máximo para la venta de alcohol en dicho evento será a las 04.30 horas, debiendo culminar el mismo a las 06.00 horas, del 21/12/2024.            

ARTICULO 3°: La organización deberá dar cumplimiento a lo establecido  en la normativa legal vigente en cuanto a horarios de apertura y cierre, seguridad, salubridad, permanencia de menores de edad y venta de bebidas alcohólicas, siendo ello de su exclusiva responsabilidad.

ARTICULO 4°: Previo a la realización de dicho evento el solicitante deberá presentar ante este Municipio, el RAN (Registro de Actividades Nocturnas) eventual para la fiesta, el REBA categoría D-C 3, y adjuntándose la inspección municipal previa al evento, sin los cuales el mismo no podrá realizarse.

ARTICULO 5°: Deberá cumplimentarse con los requisitos que establece el Artículo 38 de la Ordenanza Impositiva vigente.

ARTICULO 6°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.912/24