Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1853/24

Decreto Nº 1853/24

Coronel Pringles, 29/11/2024

Visto

el Expediente N° 2.738/23 Alcance 01, iniciado por la Directora de Ambiente y Espacio Público, Ing. Ángela Bohn; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita autorización para el convenio entre el Municipio de Coronel Pringles y la Cooperativa de Trabajo “Pringles a la Obra”, para realizar la tarea de conservación y mantenimiento de los espacios públicos ubicados dentro del ejido urbano de esta ciudad;

Que las obras de infraestructura que implican la creación de espacios de ocio/ esparcimiento y mantenimiento y el buen estado de los mismos están relacionadas implícitamente con la calidad de vida, el medio ambiente, la vida y la supervivencia en la localidad;

Que el área presenta un número de trabajadores que, en condiciones normales, resulta insuficiente para mantener la totalidad de los espacios;

Que el costo de contratación será de $29.905.858,13 en todo concepto, IVA y Seguros incluidos, por el término de seis (6) meses corridos a partir del 01/01/2025 al 30/06/2025, siendo los montos mensuales de $4.873.547,25,00 para los meses de enero, febrero y marzo y de $5.095.073,13 para los meses de abril, mayo y junio;

Que en función del Artículo 132º - Inciso “C” de la Ley Orgánica de las Municipalidades, considerando que el mantenimiento y conservación de espacios públicos se encuadra en el concepto de “Obra de Infraestructura”, es posible la excepción de la contratación directa con la Cooperativa de Trabajo “Pringles a la Obra” y en el marco de lo dispuesto en el artículo 156°, Inc. 8) de la norma antes mencionada; 

             Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO  1°: Autorícese la Contratación directa de la COOPERATIVA DE      TRABAJO  “PRINGLES A LA OBRA”, para realizar la tarea de conservación y mantenimiento de los espacios públicos de esta ciudad, siendo la contratación por la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON TRECE CENTAVOS ($29.905.858,13), por todo concepto, IVA y seguros incluidos por el periodo de seis (6) meses corridos a partir del 01/01/2025 y hasta el 30/06/2025, siendo los montos mensuales de  PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($4.873.547,25) para los meses de enero, febrero y marzo y de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL SETENTA Y DOS CON TRECE CENTAVOS ($5.095.073,13) para los meses de abril, mayo y junio, en función del Artículo 132º - Inciso “c” de la Ley Orgánica de las Municipalidades, considerando que el mantenimiento y conservación de espacios públicos se encuadra en el concepto de “Obra de Infraestructura”, y lo normado en el Artículo 156º,  Inciso 8 de la L.O.M.

ARTICULO 2°: El gasto mencionado en el artículo 1° se imputará en Jurisdicción 1110125000 “Secretaría Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Categoría Programática 17.01.00 “Ambiente y Espacios Públicos”, Partida 3.3.7.0. “Limpieza, aseo y fumigación”, Fuente de Financiamiento 110 “Origen Municipal”, de forma diferida al Ejercicio 2025.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 1.853/24.