Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1833/24
Coronel Pringles, 26/11/2024
Visto
el Expediente Nº 2.528/24, Letra “R”, iniciado por el Sr. Rossi Oscar, Secretario de Desarrollo; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita autorización para la implementación de la Tarjeta Garrafa Municipal (TGM), encuadrado con el Convenio Marco vigente entre la Municipalidad de Coronel Pringles y Cabal Cooperativa de Provisión de Servicios LTDA.;
Que la tarjeta magnética no implicará costo adicional para este municipio y podrán ser utilizadas únicamente en los comercios habilitados para el expedido de garrafas mayoristas y exclusivamente para la compra del mencionado recurso;
Que la acreditación de los fondos se realizará una vez al mes y resultará el equivalente al valor unitario de mercado del recurso que se otorga una (1) garrafa por mes al beneficiario;
Que se adjunta al Expediente Nº 2.528/24 copia del Convenio Marco vigente entre la “Municipalidad de Coronel Pringles y Cabal Cooperativa de Provisión de Servicios LTDA.;
Que a fs. 13 la Contaduría Municipal informa que para realizar el pago deberán acompañar con planilla donde coste los datos de los beneficiarios, en el marco del Artículo 130º del Reglamento de Contabilidad;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese la implementación de la Tarjeta Garrafa Municipal (TGM), encuadrado con el CONVENIO MARCO VIGENTE ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES Y CABAL COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS LTDA., según lo expuesto en el exordio del presente.
ARTICULO 2°: Lo dispuesto se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaria de Desarrollo”, Categoría Programática 21.00.00 “Seguridad Alimentaria y Asistencial” - Partida 5.1.4.0 “Ayuda Sociales a Personas”, Fuente de Financiamiento 110 -“Tesoro Municipal”.
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese
REGISTRADO BAJO EL N° 1.833/24.