Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1823/24
Coronel Pringles, 26/11/2024
Visto
el Expediente Nº 2.711 del año 2019, letra “H”, mediante el cual la Sra. HOURTICOLOU BETTIANA SOLEDAD solicita permiso para el funcionamiento de un carrito móvil para venta de comidas y bebidas sin alcohol en nuestra localidad; y
Considerando
Que según informe del DEPARTAMENTO DE BROMATOLOGÍA, inspeccionado el carrito móvil, se comprueba que el mismo reúne las exigencias establecidas por las Ordenanzas Nº 2.964/97 y sus modificatorias 4.785/22 y el Decreto reglamentario Nº 2.023/22;
Que en consecuencia corresponde hacer lugar a su inscripción y otorgar el permiso correspondiente, previo pago del Impuesto Municipal, reposición de fojas y comunicación a la Oficina de Distrito de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, requisito este último que deberá satisfacer el interesado;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Otórguese permiso e inscríbase a partir del día de la fecha el CARRITO MÓVIL en el rubro VENTA DE comidas y bebidas sin alcohol propiedad de HOURTICOLOU BETTIANA SOLEDAD, D.N.I. Nº 26.100.562, por el plazo de un año, para su funcionamiento en Calle 36, lado Impar, Ruta 51 (sector perteneciente al ejido municipal), de nuestra ciudad, previo pago de la Tasa Municipal.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al solicitante a través del Departamento de Recaudación, expidiendo copia del presente para su presentación ante la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos que hubiere lugar.
ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 1.823/24.