Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1804/24

Decreto Nº 1804/24

Coronel Pringles, 21/11/2024

Visto

el Expediente N° 1.191/18, iniciado por la Dirección de Deportes; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 1.767/24 se llamó al Segundo llamado de Inscripción Pública Nº 2, para la adjudicación de la “Concesión de Uso para la Explotación del Servicio de Buffet, Confitería y Restaurante del Balneario Municipal”, en el marco de la Ordenanza Nº 4.247/16, Reglamento de Uso del Balneario Municipal, debiendo abonarse la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000,00) desde el 1º de diciembre de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025, y PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00) desde el 1º de abril hasta el 30 de noviembre de 2025, renegociándose los valores en caso de renovación;

Que reunida la Comisión de Adjudicación conformada al efecto por el Sr. Alcides Merodio, Director de Deportes, el Sr. Etchart Saúl, Coordinador del Balneario Municipal y el Jefe de Compras, Sr. Sofía Matías, deciden adjudicar la Inscripción Pública Nº 02/24 para la “CONCESIÓN DEL SERVICIO DE CONFITERÍA, BUFFET Y RESTAURANTE DEL BALNEARIO MUNICIPAL – SEGUNDO LLAMADO” a la Sra. Prieto Daiana Elisabet, por la suma de $1.400.000,00, considerándose dicha oferta conveniente para este Municipio de acuerdo al informe del área;

         Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Adjudíquese Inscripción Pública Nº 02/24 para la “CONCESIÓN DEL SERVICIO DE CONFITERÍA, BUFFET Y RESTAURANTE DEL BALNEARIO MUNICIPAL – SEGUNDO LLAMADO”, a la Sra. PRIETO DAIANA ELISABET, D.N.I. N° 34.381.150, por la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL ($1.400.000,00), por considerarse la oferta más conveniente para este Municipio, en el marco del Pliego de Bases y Condiciones de la mencionada Inscripción Pública.

ARTICULO 2°: Contrátese a la Sra. PRIETO DAIANA ELISABET, D.N.I. N° 34.381.150, por la suma de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL ($1.400.000,00) adjudicataria de la Inscripción Pública Nº 02/24, debiendo 

abonarse la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00) desde el 1º de diciembre de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025, y PESOS CIEN MIL ($100.000,00) desde el 1º de abril hasta el 30 de noviembre de 2025, renegociándose los valores en caso de renovación.

ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 2° se ingresará a loa establecido en el Capítulo VIII “Derechos de ocupación o uso de Espacios Públicos de la Ordenanza Impositiva vigente.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.804/24.