Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1791/24

Decreto Nº 1791/24

Coronel Pringles, 19/11/2024

Visto

y

Considerando

el Expediente Nº 2.443, iniciado por el Director de Deportes, Merodeo Alcides, mediante el cual solicita declarar de Interés Municipal el Duatlón Nocturno organizado por la Sub Comisión de Ciclismo del Club Alumni, el día 23 de noviembre de 2024, a las 19:30 horas; solicitando así mismo autorización para solventar los gastos que demande la inscripción de atletas participantes de dicho evento, siendo la empresa Bahía Corre la encargada de dicha inscripción y fiscalización, abonándose un máximo de 90 fichas con un valor total de hasta $294.030,00, y en caso de ser menor a 90 la cantidad de inscriptos se abonara a razón de $3.267 por cada participante; en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Declárese de Interés Municipal la el DUATLÓN NOCTURNO organizado por la Sub Comisión de Ciclismo del Club Alumni, a llevarse a cabo el día 23 de noviembre de 2024 a las 19:30 horas.

ARTICULO 2°: Autorícese a la Contaduría Municipal a atender los gastos relativos a la inscripción de competidores para el evento referido en el artículo precedente, abonándose a la empresa “BAHÍA CIUDAD CORRE S.R.L.” CUIT 30-718040001-5” hasta un máximo total PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA ($294.030,00) por 90 fichas, a razón de $3.267 por cada inscripto, monto base del cálculo en caso de anotarse menor cantidad de corredores.

ARTICULO 3°: Los gastos mencionados en el artículo precedente se imputaran a jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 18.00.00 “Dirección de Deportes” - Partida 3.9.1.0 “Servicio de Ceremonial” - Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.

ARTICULO 4°: Queda bajo la exclusiva responsabilidad de la entidad organizadora disponer de las medidas de seguridad correspondientes respecto a los participantes y espectadores, como también las costas y erogaciones que la misma demande. Los organizadores serán únicos y exclusivos responsables de todos los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse por cualquier circunstancia, con motivo de la realización del evento.

ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADO BAJO EL N° 1.791/24.