Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1740/24
Coronel Pringles, 04/11/2024
Visto
el Expediente N° 1.711 del año 2024 iniciado por la Directora de Acción Social, Sra. Natalia Pereyra; y
Considerando
Que a fs. 16 solicita la contratación mediante Locación de Obra del Profesor Maurice Carlos Miguel Pinedo D.N.I. Nº 18.104.797, para prestar servicios en el Hogar Convivencial, considerando que desde el espacio de Promoción de Infancias, se pretende identificar y diferenciar situaciones de enseñanzas significativas, que posibilitan que los niños/as y adolescentes tengan actividades ludo recreativas extracurriculares, para que puedan desarrollar sus capacidades y habilidades en el contexto donde transitan sus vidas;
Que la duración del contrato es del 01/11/24 y hasta el 31/11/24, con una (1) clase semanal de equinoterapia por la suma mensual de $18.00,00; y una (1) clase semanal de Folclore por la suma mensual de $25.000,00;
Que no existe inconveniente alguno en acceder a lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Desarrollo, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra con la Profesor Maurice Carlos Miguel PINEDO, D.N.I. Nº 18.104.797, para prestar servicios en el Hogar Convivencial; a partir del 01/11/24 y hasta el 31/12/24, con una (1) clase semanal de Equinoterapia por la suma mensual de PESOS DIECIOCHO MIL ($18.000,00), y una (1) clase semanal de Folclore por la suma mensual de PESOS VEINTICINCO MIL ($25.000,00).
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo anterior, se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 27.00.00 “Becas Hogar Convivencial”, Partida 3.4.9.0 “Servicios Técnicos y Profesionales” “Otros” – Fuente de Financiamiento 132 - “de Origen Provincial”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 1.740/24.