Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1734/24
Coronel Pringles, 04/11/2024
Visto
el Expediente N° 2.394/24 iniciado por el Pereyra Natalia, Directora de Acción Social; y
Considerando
Que mediante los mismos solicita autorización para celebrar un contrato de Locación de Obra con la Srta. Suarez María Victoria, D.N.I. N° 41.579.947, para desempeñar funciones como psicóloga atendiendo las necesidades de niños/as y adolescentes alojados en el Hogar Convivencial, con una cantidad de 8 sesiones en total, por un valor de $13.000,00 cada sesión, desde el 01/11/2024 y hasta el 31/12/2024;
Que dicha contratación se basa en contar con un profesional en esa especialidad para cubrir la demanda de pacientes y brindar un servicio de calidad en razón que el Hogar Convivencial no cuenta con profesionales que la ejerzan, amparando lo dispuesto en lo normado en el artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que no existe inconveniente en acceder a lo requerido;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra de la Srta. SUAREZ María Victoria, D.N.I. N° 41.579.947, para desempeñarse como Psicóloga en el Hogar Convivencial, atendiendo las necesidades de niños/as y adolescentes alojados en el mismo, con una cantidad máxima de (8) ocho sesiones, por un valor de PESOS TRECE MIL ($13.000,00) cada sesión, desde el 01/11/2024 y hasta el 31/12/2024.
ARTICULO 3°: El gasto mencionado en los artículos precedentes se atenderán por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo” – Categoría Programática 27.00.00 “Becas Hogar Convivencial” – Partida 3.4.9.0 “ Servicios Técnicos y Profesionales” “Otros” – Fuente de Financiamiento 132 – “de Origen Provincial”
ARTICULO 6°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.734/24.